SIN INFORMACION

TIMOTE/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

29 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, a favor de Ardany Timote Pardo, de nacionalidad colombiana, interponiendo recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, señalando que con fecha 21 de mayo de 2020, solicitó el beneficio de permanencia definitiva bajo el N°4784024, sin embargo, hasta la fecha de interposición del recurso, esto es, el 29 de septiembre de 2021, no le ha sido liberada la orden de pago del beneficio migratorio solicitado, lo que lo mantiene en incertidumbre por un trámite por demás demorado. Denuncia que ha transcurrido demasiado tiempo sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre la solicitud formulada, vulnerando con ello el derecho consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880, transcurriendo más de 1 año y 4 meses desde el inicio de la tramitación. Por lo anterior, solicita acoger la acción interpuesta, ordenando a la recurrida que se pronuncie respecto de la solicitud de visa individualizada, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que, evacuando informe el recurrido, solicita el rechazo de la acción deducida por evidente falta de oportunidad, y por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que pueda vulnerar, perturbar o amenazar ninguno de los derechos fundamentales de la recurrente y que se encuentran especialmente tutelados por la presente acción constitucional. Señala que el extranjero que recurre, registra una solicitud de permanencia definitiva con fecha 21 de mayo de 2020, ingresada mediante los canales digitales dispuestos al efecto, siendo emitido contra dicha presentación, el comprobante de permiso de permanencia definitiva en trámite, e cual se encuentra vigente y disponible, pudiendo ser obtenido en portal de internet, mediante la utili

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Ardany Timote Pardo, en contra del Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-39349-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de marzo de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, a favor de Ardany Timote Pardo, de nacionalidad colombiana, interponiendo recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, señalando que con fecha 21 de mayo de 2020, solicitó

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica