SIN INFORMACION

CASAS-CORDERO/CASAS-CORDERO

Rol

Fecha

29 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Iohandy Skamiotis Marticorena, Abogada, con domicilio en Maipú 974, departamento 132, Antofagasta, actuando en nombre y representación de Claudia Andrea Casas Cordero Muñoz, chilena, casada, factor de comercio y de Yessica Virginia Casas Cordero Muñoz, chilena, casada, factor de comercio, ambas, integrantes de la sociedad comercial de responsabilidad limitada “Sociedad Luisa Muñoz e Hijos Limitada”, con nombre de fantasía “Sociedad Bavy Shop Limitada”, empresa del giro de su denominación, domiciliados todos para estos efectos en avenida Balmaceda N°3718, Calama, quien deduce recurso de protección en contra de Roberto Alejandro Casas Cordero Muñoz, chileno, trabajador dependiente, con domicilio en Volcán San Pablo N°687, Villa Los Volcanes, Calama, por no entregar la documentación requerida para realizar el trámite de renovación de la patente de alcoholes que detenta la sociedad integradas por los tres hermanos Casas Cordero Muñoz, vulnerando sus derechos consagrados en el artículo 19 N°21 y 24 de la Constitución Política. Pide se ordene la entrega de la documentación requerida para efectos de proceder al trámite de renovación de la patente definitiva de alcohol enrolada Clase F Sala de Cerveza N°0400203 otorgada por la Ilustre Municipalidad de Calama y se abstengan de realizar acciones que impidan el trámite de renovación de la patente de alcoholes, como también maniobras abusivas en orden a obtener un lucro económico injustificado, ejecutando actividades que pongan en riesgo la explotación del giro económico de la sociedad que integran con costas del recurso. No informando la recurrida se prescindió del informe. Puesta la causa en estado se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que Roberto Alejandro Casas Cordero Muñoz -recurrido- forma parte de la sociedad comercial “Sociedad Luisa Muñoz e Hijos Limitada”, y como socio se negó injustificadamente a entregar copia de cédula de identidad, certificado de antecedentes y declaración jurada notarial de no estar afecto a alguna de las inhabilidades del artículo 4 de la Ley 19.925, a efectos de renovar la patente de alcoholes de la sociedad. Sostiene que en el desarrollo de sus actividades económicas han actuado siempre amparadas en la patente de alcoholes Clase F Sala de Cerveza, Rol N°0400203, otorgada por la Ilustre Municipalidad de Calama. Es del caso, que para la renovación de la patente de alcohol del segundo semestre del año 2021, el requerido se negó a entregar la documentación solicitada. Debido a lo anterior, sus representadas acudieron a la Oficina de Patentes de la Iltre. Municipalidad de Calama donde expusieron la situación y, en atención al hecho de tratarse de un negocio reconocido, se les permitió renovar la patente, con el compromiso expreso y suscrito notarialmente de acompañar la documentación faltante del recurrido antes del día 31 de diciembre de 2021. Intentaron contactar infructuosamente al recurrido a efectos de dar cumplimiento a lo requerido. Ante la negativa el recurrido solicito el pago de $12.500.000 (doce millones quinientos mil pesos) para entregar la documentación requerida, circunstancias que no existe pacto social alguno a ese respecto y tampoco los fondos para atender su exigencia. La actuación del recurrido resulta del todo antojadiza, en cuanto de forma arbitraria y por meros intereses propios busca obtener dinero proveniente de maniobras extorsivas, amenazando el derecho de propiedad de la sociedad y de sus representadas, ya que de no ser renovada, se perderá en pública subasta, impidiendo que la sociedad pueda seguir explotando el giro para el cual fue creada, afectando derechamente su derecho al trabajo y a desarrollar una actividad económica. Solicita se ordene al recurrido la entrega de la documentación requerida para efectos de proceder al trámite de renovación de la patente definitiva de alcohol enrolada Clase F Sala de Cerveza N°0400203 otorgada por la Ilustre Municipalidad de Calama, que se abstenga de realizar acciones que impidan el trámite de renovación de la patente de alcoholes, como también maniobras abusivas en orden a obtener un lucro económico injustificado, ejecutando actividades que pongan en riesgo la explotación del giro económico de la sociedad que integran con costas del recurso. SEGUNDO: Que no habiendo evacuado informe el recurso se prescinde del mismo. TERCERO: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción constitucional de urgencia, de naturaleza autónoma, destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que e

Fallo

Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Iohandy Skamiotis Marticorena, abogada, en nombre y representación de Claudia Andrea Casas Cordero Muñoz y Yessica Virginia Casas Cordero Muñoz, en contra de Roberto Alejandro Casas Cordero Muñoz. Regístrese y comuníquese. Rol N°297-2022 (Protección).

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, veintinueve de marzo de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece Iohandy Skamiotis Marticorena, Abogada, con domicilio en Maipú 974, departamento 132, Antofagasta, actuando en nombre y representación de Claudia Andrea Casas Cordero Muñoz, chilena, casada, factor de comercio y de Yessica Virginia Casas Cordero Muñoz, chilena, casada, factor de comercio, ambas, integrantes de la sociedad c

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