SIN INFORMACION

ALVAREZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

29 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece doña Ammy Valeria Alvarez Perez, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión en el pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva, acto que vulnera su derecho fundamental de la igualdad ante la ley del artículo 19 Nº2 de la Constitución Política de la República. Señala que ingresó a Chile en calidad de turista y decidió cambiar su condición migratoria a residente temporario haciendo la respectiva solicitud bajo el N°26690508 al Ministerio del Interior y Seguridad Pública del Servicio Nacional de Migraciones, con fecha 02 de Julio de 2021. Expone que, no obstante, ha transcurrido más de 6 meses sin que a la fecha haya recibido alguna respuesta por parte de la recurrida, situación que me ha mantenido en una constante preocupación e incertidumbre. Señala que las garantías y derechos constitucionales que resultan afectados lo son por la omisión arbitraria e ilegal por parte del recurrido en el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta de solicitud de permanencia definitiva, ya que, desde la solicitud hasta la fecha de presentación del recurso, han transcurrido más de seis meses, que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre la solicitud formulada por el recurrente. Destaca lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880, en relación con los Principios de Celeridad y Economía Procedimental. Pide que se acoja la acción interpuesta, y que se ordene a la recurrida que resuelva, sin más trámite, la solicitud de visa temporaria de la recurrente. Acompaña a su presentación: 1. Comprobante de solicitud de visa temporaria. 2. Cédula de identidad de la suscrito. 3. Copia del Pasaporte Ammy Valeria Álvarez Pérez. SEGUNDO: Que, a folio 6, compareció la recurrida Servicio Nacional de Migraciones, continuador legal del Departamento de Extranjería y Migración del Minist

Fundamentos

motivos y la finalidad que alcanza; y que, enseguida provoque algunas de las situaciones o efectos que se han indicado, contrariando a una o más de las garantías protegidas, consideración que resulta básica para el análisis y decisión de cualquier asunto como el que se ha propuesto en el presente caso. QUINTO: Que, por la presente acción constitucional, se recurre en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la dilación injustificada en dar respuesta a la solicitud de visa temporaria presentada, lo cual es calificado por la recurrente de ilegal y arbitrario, señalando que vulnera su garantía fundamental contemplada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la Republica. Solicita que se ordene al recurrido emitir pronunciamiento, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. SEXTO: Que a folio 8, la recurrida al evacuar su informe, señala que con fecha 15 de marzo de 2022, se dictó la Resolución Exenta N° 22143241 del Servicio Nacional de Migraciones, a través de la cual se regularizó la permanencia en el país de la recurrente AMMY VALERIA ALVAREZ PEREZ y se le otorgó una visa de residencia temporaria por el periodo de un año en condición de titular, acompañando la referida resolución. SÉPTIMO: Que, en consecuencia, del mérito de los antecedentes, se aprecia que el recurso ha perdido oportunidad, toda vez que ha quedado demostrado que la recurrida ha emitido un pronunciamiento sobre la solicitud de residencia temporaria, cuestión que fue peticionada en el libelo pretensor, lo que lleva al rechazo de recurso, según se dirá a continuación.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE RECHAZA, el recurso de protección interpuesto a favor de don AMMY VALERIA ALVAREZ PEREZ, en contra del Servicio Nacional de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°254-2022 Protección.-

Texto Completo (Preview)

Alvarez Perez, Ammy Valeria Servicio Nacional de Migraciones Recurso de protección Rol Nº 254-2022.- La Serena, veintinueve de marzo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece doña Ammy Valeria Alvarez Perez, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la om

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