EUGENIO ANTONIO OYARZUN CAMPOS C/ MARIA CAROLINA SILVA INOSTROZA
Rol
Fecha
29 de marzo de 2022
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.
Resultado
ABANDONADO RECURSO/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de la certificación que antecede y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación deducido por el recurrente, en contra de la resolución de catorce de febrero del año en curso, pronunciada en la causa Rit O-3819-2020 del Juzgado de Garantía de Curicó Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-182-2022.
Fallo
se declara ABANDONADO el recurso de apelación deducido por el recurrente, en contra de la resolución de catorce de febrero del año en curso, pronunciada en la causa Rit O-3819-2020 del Juzgado de Garantía de Curicó Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-182-2022.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintinueve de marzo de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de la certificación que antecede y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación deducido por el recurrente, en contra de la resolución de catorce de febrero del año en curso, pronunciada en la causa Rit O-3819-2020 del Juzgado de Garantía de Curicó Comun
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