GALLARDO/DE LIBERTAD
Rol
Fecha
29 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Que, con fecha 25 de marzo del año en curso, Hugo Luis Chávez Leiva, abogado, presenta acción constitucional de amparo, en representación del condenado MANUEL ARMANDO GALLARDO LEON, cédula de identidad N° 9.273.108-1, actualmente privado de libertad en el C.D.P. de Rancagua, y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada en el mes de abril de 2021, correspondiente a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Rancagua. Señala que el amparado ha tenido una conducta intrapenitenciaria evaluada con calificación máxima de “MUY BUENA” anteriores a su proceso de postulación, se encuentra trabajando en la Empresa Siges Chile S.p.A. contratado desde el mes de marzo del año 2020, estando en el módulo 84 y ha realizado diversos cursos de capacitación laboral, prevención de drogas y prevención de riesgos y control de las Emociones. Además, se ha desempeñado y ha aprendido una serie de oficios, cumpliéndose a cabalidad los requisitos tercero y cuarto del decreto ley 321. Su representado se encuentra privado de libertad con infracción a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 321 sobre Libertad Condicional modificado por la Ley 21.124 de 18 de enero de 2019, pues no obstante reunir todos los requisitos al efecto, se denegó su solicitud. Indica que cumple con el requisito de tiempo mínimo y conducta e imponer el requisito de informe psicosocial positivo, atenta contra la certeza y seguridad jurídica. Pide se dejer sin efecto la resolución emitida por la Comisión Libertad Condicional, correspondiente al primer semestre año 2021, que procedió a denegar la solicitud de Libertad Condicional ya señalada y se proceda finalmente a otorgarla, restableciendo así el imperio del derecho. Evacuando su informe, el Sr. Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señala que con fecha 20 de abril del año 2021, se informó idéntico recurso de amparo cuyo rol de ingreso es 112-2021, en favor del mismo postulante, respecto de la misma decisión, acción constitu
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que, la acción constitucional de amparo interpuesta procede, conforme lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República, a favor de quien se encuentra arrestado, detenido o preso, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual, con infracción de las normas constitucionales o de las leyes, a fin de que la magistratura ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. 2.- Que, según consta del sistema de tramitación virtual de causas, ante este mismo tribunal, en el ingreso Rol 112-2021 Amparo, deducido a favor del mismo postulante y respecto de la misma decisión hoy recurrida, y por similares fundamentos, con fecha 21 de abril de 2021 tal acción fue rechazada, sentencia confirmada por la Excma. Corte Suprema el 13 de mayo de 2021, dictándose el cúmplase respectivo con fecha 12 de mayo de 2021. A su vez en los autos Rol N° 142-22 Amparo, por sentencia de fecha 28 de febrero del año en curso, se rechazó la acción deducida respecto de la misma persona privada de libertad y en contra de la resolución antes aludida, lo que fue confirmado por la Excma. Corte Suprema el 11 del mes en curso y con igual fecha se dictó el cúmplase pertinente. 3° Que, en consecuencia, habiéndose pronunciado esta Corte sobre la materia en la causa antes indicada, no cabe más que rechazar el recurso de amparo ahora deducido. Por lo anterior y lo dispuesto en el artículo N°21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de Amparo, se resuelve que se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del condenado Manuel Armando Gallardo León, cédula de identidad N° 9.273.108-1, recluido en el Complejo Penitenciario de Rancagua. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 222-2022 Amparo.
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Rancagua, veintinueve de marzo de dos mil veintidós. Vistos: Que, con fecha 25 de marzo del año en curso, Hugo Luis Chávez Leiva, abogado, presenta acción constitucional de amparo, en representación del condenado MANUEL ARMANDO GALLARDO LEON, cédula de identidad N° 9.273.108-1, actualmente privado de libertad en el C.D.P. de Rancagua, y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condic
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