RIFFO/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS
Rol
Fecha
28 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece doña Yasna del Carmen Riffo Cabezas, quien deduce recurso de protección contra Isapre Colmena Golden Cross S.A., representada legalmente por don Nicolás Donoso Serrano, en base a los antecedentes de hecho y
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone. Indica que, el 17 de agosto de 2021, Isapre Colmena Golden Cross S.A., -a la que se encuentra afiliada desde el mes de julio del 2020, en un plan de salud llamado MEDITERRANEO 5120-, le envió un correo informando que Clínica Red Salud realizaría cierres en el área de maternidad (Urgencia, partos, cesáreas) a partir del 30 de septiembre del 2021 y que si se encontraba embarazada enviara un correo a presupuestoscolmena@colmena.cl para solicitar orientación sobre mis prestadores preferentes. Refiere que luego de esto, recibió un correo de la clínica, que le informaba que, a mediados de septiembre, o sea, no el 30 sino el 15 de septiembre de 2021, se realizará cierre completo del área de maternidad de la clínica y que no recibirán más urgencias, partos o cesáreas, haciendo presente que ante cualquier inconveniente debe solicitar más información a su aseguradora de salud, en este caso Isapre Colmena Golden Cross. Explica que su médico de cabecera, le informó que podrían realizar el parto en Clínica Indisa o Clínica Universidad de los Andes, entidades donde también presta sus servicios. Señala que, atendido lo anterior seleccionó la Clínica Universidad de Los Andes, que no niega la atención a pacientes que provengan de otra Clínica para que se efectúen partos o cesáreas ahí y además cuenta con excelente servicio de neonatología. Expresa que esto, a pesar de que dicha clínica no es prestador preferente de su plan de salud fue la única solución que tuvo cuando surgió este problema. Por estos motivos solicitó, cambio de plan a su Isapre, ya que su doctor de cabecera le indicó, en relación a su parto que en Clínica Indisa no atiende desde hace 7 años y que no podía entregarle mayor información respecto de las condiciones en que se realizaría. También señala que la Clínica Indisa hoy en día tiene una alta demanda, ya que es una de las que se encuentra preferente en la mayoría de los planes de Isapre, por lo que existe una gran cantidad de partos a diario, lo que genera mayor inseguridad en la atención que pueda recibir si se encuentra colapsada. Afirma que solicitó a la Srta. Julia Poblete Vida, ejecutiva de Isapre Colmena Golden Cross, un cambio de plan para tomar como preferente a la clínica Universidad de Los Andes, aunque aquello generara un mayor pago en su plan de Isapre, quien verbalmente le indicó que no habría ningún problema, pero que la solicitud debía ser aprobada por el área de selección médica. Manifiesta que el plan de salud al que solicitó acceder es el denominado por la Isapre como plan ADRIATICO PLUS 4120. (El costo actual de su Plan de Isapre MEDITERRANEO 5120 a la fecha es de 7.14 U.F. y el costo del nuevo plan ADRIATICO PLUS 4120 es de 8.41 U.F.). Afirma que, sin perjuicio de esto, el día 30 de agosto de 2021, recibió respuesta mediante correo indicándole que el cambio fue rechazado e indicando la dirección de correo electrónico a la que podía pedir mayor información. Indicó que una vez solicitada, se
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 N° 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se acoge, con costas, el recurso de protección interpuesto por doña Yasna del Carmen Riffo Cabezas en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., disponiéndose que en el plazo de quince días desde que esta sentencia quede firme y ejecutoriada, se acceda al cambio de plan de salud impetrado por la actora -ADRIATICO PLUS 4120-, conforme al descuento que a su respecto corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N° Protección 39419-2021.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veintidós. Al folio N° 12: estése al mérito de autos. Al folio N° 13: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece doña Yasna del Carmen Riffo Cabezas, quien deduce recurso de protección contra Isapre Colmena Golden Cross S.A., representada legalmente por don Nicolás
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