JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE VILLARRICA

HORNAUER/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VILLARRICA

Rol

Fecha

28 de marzo de 2022

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente, lo dispuesto en los artículos 20, 116, 126 y 145 del DFL 458 ley de urbanismo y construcción, ley 15.231 y artículos 32 y siguientes de la ley 18.287. Que se confirma con declaración, la sentencia de fecha de 20 de diciembre de 2021 del Juzgado de Policía Local de Villarrica y en su lugar se condena a pagar 1 UTM, sin costas. Regístrese y devuélvase. Redactada por la Ministra (s) Sra. Viviana Ibarra Mendoza Rol N° Policia Local-11-2022.(jog)

Fallo

fallo redactando otro en su reemplazo rechazando la denuncia deducida, o en su defecto considerar circunstancias atenuantes y rebajar la multa impuesta. En cuanto a la infracción: Cuarto: Que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 116 y 145 de la ley general de urbanismo y construcción DFL 458. Art 116 inciso 1, “La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señale la Ordenanza General” Inciso 6, “El Director de Obras Municipales concederá el permiso o la autorización requerida si, de acuerdo con los antecedentes acompañados, los proyectos cumplen con las normas urbanísticas, previo pago de los derechos que procedan, sin perjuicio de las facilidades de pago contempladas en el artículo 128”. Quinto: Que efectivamente el apelante no contaba con permiso de construcción y así lo hizo saber en el comparendo llevado a efecto, solicitando un plazo para regularizar, por lo que se ha acreditado la existencia de la infracción cursada por parte N°103 de la Dirección de obras Municipales. En cuanto al monto de la sanción: Sexto: Que en su n° 10° el sentenciador expone que teniendo a la vista especialmente los antecedentes que rolan a fojas 1 a 3, 6 a 11, 12, 15 a 18 y 20. Y de acuerdo a la posibilidad cierta que dicha obra no podrá ser regularizada en

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintiocho de marzo de dos mil veintidós. Vistos; Se reproduce la sentencia en alzada de fecha 20 de diciembre de 2021 del Juzgado de Policía Local de Villarrica, dictada por el Juez Titular don Alejandro Billeke Echagüe con excepción de su n° 10 y se tiene además presente: Primero: Que, se ha cursado denuncia en contra de don Claudio Rodolfo Hornauer Herrmann, por denuncia

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