SIN INFORMACION

LOPEZ/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE INTE

Rol

Fecha

28 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, abogados, quienes en representación de Javier López Muiba, boliviano, domiciliado para estos efectos en calle Concepción N°2937 de Calama, interpusieron recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Álvaro Bellolio Avaria, pidiendo que se le ordene liberar la orden de pago y digitalizar el estampado electrónico para ser titular del beneficio aprobado, adoptando las providencias necesarias para establecer el imperio del derecho. Informó el recurrido, solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de una omisión ilegal y arbitraria, consistente en no emitir la orden de giro de visa aprobada y digitalizar el estampado electrónico correspondiente a su visa de residencia temporaria, sin que

Fallo

por tanto se haya dado respuesta a su solicitud realizada el 21 de julio de 2019, habiendo transcurrido 2 años y 6 meses. Lo anterior, vulnerando la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República y los principios de igualdad, celeridad y economía procedimental, contenidos en la Ley N°19.880. El recurrente ingresó al país en calidad de turista, cambió su condición migratoria a residente temporario y posteriormente solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, el 21 de junio de 2019. Sin embargo, el 25 de octubre de 2021 fue notificado de la resolución exenta N°134741, mediante la cual la petición fue rechazada y en subsidio, se le otorgó una visa de residencia temporaria. En consecuencia, el recurrente debía descargar la orden de giro a fin de realizar el pago de los derechos de visa y posteriormente estampar la misma. No obstante, hasta la presentación de la acción no se había logrado tener acceso a este documento, pues no se visualiza registro en la herramienta de auto consulta, ni se ha accedido a su petición de reimpresión de orden de giro solicitada el 27 de octubre de 2021. Por lo anterior, solicitaron que se le ordene liberar la orden de pago y digitalizar el estampado electrónico para ser titular del beneficio aprobado, adoptando las providencias necesarias para establecer el imperio del derecho. SEGUNDO: Que informó la abogada Camila Cortés Palma en representación del Servicio Nacional de Migracion

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Antofagasta, a veintiocho de marzo de dos mil veintidós VISTOS: La comparecencia de Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, abogados, quienes en representación de Javier López Muiba, boliviano, domiciliado para estos efectos en calle Concepción N°2937 de Calama, interpusieron recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad P

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