COMERCIALIZADORA COMPRAMAS SPA/CLARO CHILE S.A.
Rol
Fecha
28 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Boris Ureta Jorquera, abogado, en representación de sociedad Comercializadora Compramas SpA representada legalmente por Rigoberto Ríos Martínez, con domicilio para estos efectos en Holanda N° 099, oficina 1101, Providencia, Santiago, quien recurre de protección en contra de CLARO CHILE S.A., representada por José Ignacio González Cejas, ingeniero, ambos domiciliados en Avenida El Salto N° 5450, Ciudad Empresarial, Huechuraba, Santiago, por el acto arbitrario e ilegal de 3 de agosto de 2021 consistente en el bloqueo de IMEI que impide el uso de los equipos móviles y números de teléfono asociados de propiedad de su representada, de conformidad a las publicaciones efectuadas en multibanda.cl de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, lo que ha significado una grave vulneración de las garantías constitucionales contempladas en los numerales 3, 4, 21 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental en relación a la Ley 18.168 (Ley General de Telecomunicaciones) que fue modificada por la Ley N° 20.471 (Ley de Portabilidad). Solicita se acoja el recurso en todas sus partes y, se restablezca el imperio del Derecho, ordenando se detenga el bloqueo de IMEI de la empresa Compramás SpA y se desbloqueen los equipos bloqueados, o tomar todas las medidas que estime pertinentes, con expresa condena en costas en caso de oposición. Fundamenta su acción indicando que su representada realiza la actividad comercial de adquisición de teléfonos móviles y contrato de líneas telefónicas, los que son vendidos a personas que no tendrían acceso a estos productos, asumiendo la responsabilidad comercial con la empresa de telecomunicaciones, en este caso, Claro Chile. En la práctica tiene la propiedad de cerca de 1770 líneas telefónica y que actualmente se encuentran bloqueados sus IMEI, afectando gravemente la propiedad y actividad económica de la recurrente. Aclara que la relación comercial con la recurrida es difusa pues nunca fue enviado e
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado que regula la materia, se rechaza el recurso de protección interpuesto por el abogado Boris Ureta Jorquera en favor de la sociedad Comercializadora Compramas SpA en contra de Claro Chile S.A. Regístrese, comuníquese y archívese. Protección N° 37.189-2021
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veintidós. A los folios 16, 17 y 18: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Boris Ureta Jorquera, abogado, en representación de sociedad Comercializadora Compramas SpA representada legalmente por Rigoberto Ríos Martínez, con domicilio para estos efectos en Holanda N° 099, oficina 1101, Providenci
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