ERVIN ALFREDO RUDOLPH GONZALEZ C/ NICOLAS PAOLO PATRICIO COPANO VERA
Rol
Fecha
28 de marzo de 2022
Materia
INJURIAS Y CALUMNIAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL. ART. 29 LEY 19733.
Resultado
REVOCADA
Hechos
hechos constitutivos de los delitos que sustentan la acción. 2.- Que la querella fue proveída con fecha 3 de septiembre de 2021, acogiéndola a trámite. 3.- Que el querellante no ha efectuado ninguna solicitud con posterioridad a la actuación procesal de fecha 26 de octubre de 2021. 4.- Que entre la fecha de la presentación referida y la realización de la audiencia de preparación de Juicio Oral Simplificado de 10 de febrero de 2022, transcurrieron objetivamente más de 30 días sin la realización de alguna actividad procesal de la querellante, lo que excede el marco que establece el artículo 402 del Código Procesal Penal, para declarar en una de sus hipótesis, el abandono de la acción. Por estas consideraciones, lo dispuesto en la norma referida, se revoca la resolución apelada de fecha diez de febrero de dos mil veintidós, en cuanto negó lugar a lo pedido por la defensa y, en su lugar se declara el abandono de la acción privada, y consecuentemente, el sobreseimiento definitivo de estos antecedentes. Comuníquese. N°Penal-719-2022. Pronunciada por la Octava Sala, integrada por los Ministros señor Miguel Eduardo Vazquez Plaza, señor Alejandro Madrid Crohare y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuede. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Por estas consideraciones, lo dispuesto en la norma referida, se revoca la resolución apelada de fecha diez de febrero de dos mil veintidós, en cuanto negó lugar a lo pedido por la defensa y, en su lugar se declara el abandono de la acción privada, y consecuentemente, el sobreseimiento definitivo de estos antecedentes. Comuníquese. N°Penal-719-2022. Pronunciada por la Octava Sala, integrada por los Ministros señor Miguel Eduardo Vazquez Plaza, señor Alejandro Madrid Crohare y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuede. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veintidós. Proveyendo a folio 6: Téngase presente. Visto, oído y teniendo presente: 1.- Que con fecha 1 de septiembre de 2021, Ervin Alfredo Rudolph González interpuso una querella por delito de injurias y calumnias graves emitidas con publicidad a través de medios de comunicación, solicitando por el quinto otrosí la práctica de una serie
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