SIN INFORMACION

PINO/LOLAS

Rol

Fecha

28 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido se desprende que el acto denunciado excede de las materias que son de conocimiento del recurso de protección, por no ser ésta la vía idónea para obtener la pretensión que indica en el petitorio de su presentación, por cuanto solicita modificar una resolución judicial; no obstante haber estado en condiciones de impugnarla por la vía legal a través de los recursos ordinarios y extraordinarios correspondientes. Por lo que conforme a lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto en lo principal. Al segundo otrosí: A sus antecedentes los documentos acompañados. Al tercer otrosí: Téngase presente. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Martínez, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso por estimar que los actos denunciados admiten ser enmarcados en lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, estimándose conculcadas garantías de aquellas especialmente mencionadas en la norma aludida. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 616-2022 PROT.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto en lo principal. Al segundo otrosí: A sus antecedentes los documentos acompañados. Al tercer otrosí: Téngase presente. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Martínez, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso por estimar que los actos denunciados admiten ser enmarcados en lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, estimándose conculcadas garantías de aquellas especialmente mencionadas en la norma aludida. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 616-2022 PROT.

Texto Completo (Preview)

CH (kba) San Miguel, veintiocho de marzo de dos mil veintidós. Resolviendo la presentación folio 15.211 de 25 de marzo del año en curso: A lo principal: Vistos y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido se desprende que el acto denunciado excede de las materias que son de conocimiento del recurso de protección, por no ser ésta la vía idónea para obtener la pretensión que indica en el

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