JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

M.P C/ FELIPE ANDRES ROA GUAJARDO

Rol

Fecha

28 de marzo de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad, en relación con los delitos por los cuales se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en los mismos, razón por la cual su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la pluralidad de los delitos materia de la formalización, forma de comisión y bienes jurídicos protegidos, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiuno de marzo del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Felipe Andrés Roa Guajardo. Devuélvase, vía interconexión. N° 800-2022 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiocho de marzo de dos mil veintidós. Sala: Quinta-Zoom. Rol Corte: 800-2022-PENAL Ruc: 2101035088-0 Rit: 13556-2021 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: M. Isabel Saavedra Reyes Ministerio Público: Karen Acevedo Vicencio Defensor: César Contreras González Imputado: FELIPE ANDRES ROA GUAJARDO Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar Hora de inicio: 9:35 Hora de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica