LEÓN/UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA (LTE)
Rol
Fecha
28 de marzo de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que por resolución de fecha dieciocho de febrero del año en curso, mediante la cual se hace lugar a la se tiene por parcialmente cumplida la medida de exhibición, sólo respecto de los contratos correspondiente a los años 2007 y 2009 y en cuanto a los demás contratos, se tuvo por no cumplida la exhibición, declarándose el apercibimiento del artículo 277 del Código de Procedimiento Civil, sin que conste de estos antecedentes que se haya citado a las partes a la audiencia respectiva, para efectos de poner a disposición de la contraria los documentos solicitados a exhibir, y por ésta justificar la circunstancia de encontrarse éstos o no en su poder; se resuelve que: De acuerdo a las facultades correctivas establecidas en el inciso final del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, se deja sin efecto la resolución de fecha dieciocho de febrero del año en curso, así como también aquella de fecha diecinueve de enero del año en curso, mediante la cual el tribunal ordenó cumplir con la exhibición decretada digitalizando por el solicitado los documentos indicados en la solicitud dentro de quinto día a contar de la fecha de notificación; debiendo retrotraerse la causa al estado en que el tribunal cite efectivamente a las partes a una audiencia de exhibición al tenor de lo solicitado en el escrito de diecisiete de enero del presente año (folio 35). Comuníquese y devuélvase. N°Civil-2888-2022.
Fallo
se resuelve que: De acuerdo a las facultades correctivas establecidas en el inciso final del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, se deja sin efecto la resolución de fecha dieciocho de febrero del año en curso, así como también aquella de fecha diecinueve de enero del año en curso, mediante la cual el tribunal ordenó cumplir con la exhibición decretada digitalizando por el solicitado los documentos indicados en la solicitud dentro de quinto día a contar de la fecha de notificación; debiendo retrotraerse la causa al estado en que el tribunal cite efectivamente a las partes a una audiencia de exhibición al tenor de lo solicitado en el escrito de diecisiete de enero del presente año (folio 35). Comuníquese y devuélvase. N°Civil-2888-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veintidós. Al recurso de apelación interpuesto: estese a lo que se resolverá Vistos y teniendo presente: Que por resolución de fecha dieciocho de febrero del año en curso, mediante la cual se hace lugar a la se tiene por parcialmente cumplida la medida de exhibición, sólo respecto de los contratos correspondiente a los años 2007 y 2009 y e
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