MP C/ CRISTIAN ALEJANDRO BAHAMONDES MILLALONCO
Rol
Fecha
26 de marzo de 2022
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que, se elevan estos antecedentes para conocer de la apelación deducida por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que mantuvo la prisión preventiva del imputado, solicitando sea ésta modificada por otra menos gravosa. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en el presente estadio procesal existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código adjetivo de castigo, esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en ellos le pudo caber al imputado. 3º) Que, en cuanto a la necesidad de cautela, prevista en la letra c) de la norma ya referida, ésta se mantiene a su respecto por la naturaleza y la cantidad de los hechos investigados, el vínculo entre el encartado y la víctima, la reiteración de la conducta reprochada que da cuenta del carácter refractario del imputado ante las normas jurídicas y la peligrosidad que implica ello para la ofendida, lo que lleva a concluir que la prisión preventiva aparece como la única bastante para resguardar ésta.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de veintidós de marzo del año en curso, dictada por don Miguel García Herrera, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que mantuvo la prisión preventiva del imputado CRISTIAN ALEJANDRO BAHAMONDES MILLALONCO. Devuélvase. Rol Penal Nº 167-2022
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintiséis de marzo de dos mil veintidós. Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos antecedentes para conocer de la apelación deducida por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que mantuvo la prisión preventiva del imputado, solicitando sea ésta modificada por otra menos gravosa. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audienc
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