3º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

CORTÉS HIDALGO JULIA DEL ROSARIO//BRAVO CORTES NELSON ALEJANDRO

Rol

Fecha

25 de marzo de 2022

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, habiéndose decretado un trámite que no se encuentra previsto para este tipo de procedimientos, y visto lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución de fecha veintisiete de octubre de dos mil veintiuno, íntegramente transcrita en la carpeta digital, y en su lugar se decide, que deberá el tribunal a quo dar curso a la petición del ejecutante sin exigir una notificación previa, lo anterior, sin perjuicio de los derechos que eventualmente pueda ejercer el ejecutado. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº 1036-2021.- Civil.

Fallo

se decide, que deberá el tribunal a quo dar curso a la petición del ejecutante sin exigir una notificación previa, lo anterior, sin perjuicio de los derechos que eventualmente pueda ejercer el ejecutado. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº 1036-2021.- Civil.

Texto Completo (Preview)

La Serena, veinticinco de marzo de dos mil veintidós. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, habiéndose decretado un trámite que no se encuentra previsto para este tipo de procedimientos, y visto lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución de fecha veintisiete de octubre de dos mil veintiuno, íntegramente transcrita en la carpeta dig

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica