RIVERA / CARABINEROS DE CHILE
Rol
Fecha
25 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Cristián Eugenio Rivera López, domiciliado en J.J. Núñez N°460, Artificio, La Calera, deduciendo acción de protección en contra de Carabineros de Chile (Prefectura Marga Marga), con domicilio en Arturo Prat 340, comuna de Limache, a fin que se adopten las medidas tendientes para cautelar el legítimo ejercicio del derecho constitucional establecido en el artículo 19 Nº 3 de la Constitución Política de la República. Indica que el día 05 de enero 2022, por Resolución Exenta N° 01 de la Prefectura Marga Marga, de la Vta. Zona de Valparaíso, de Carabineros de Chile, se dispone la baja por conducta mala, con efectos inmediatos. Precisa que la parte recurrida jamás accedió a interrogatorio alguno,
Fundamentos
considerando que se vulneró el debido proceso, ya que en la práctica se llevó a cabo un verdadero procedimiento sancionatorio sin audiencia suya. Refiere que, los hechos en comento le han generado daño, y que actualmente se encuentra con consecuencias negativas en el desarrollo emocional y social; manifestándose una desproporción entre la falta y su castigo, determinación que no es compatible con un elemental sentido de justicia. Añade que
Fallo
por lo expuesto, ha visto afectado su derecho a la protección del trabajo establecido en el artículo 19 N°16 de la Constitución Política, pues se le ha anulado en el ejercicio de su funciones que según la resolución debe realizar, afectando la protección de su trabajo. Solicita, se acoja la presente acción, ordenando su reincorporación al servicio de Carabineros de Chile, condenando en costas a la recurrida A folio 9, informa Carabineros de Chile, Prefectura Marga Marga, solicitando el rechazo de la acción, con costas. Indica que a través de la Resolución Exenta N° 1 del 5 de enero de 2022, se dispuso la baja por conducta mala con efectos inmediatos del ex Cabo 1° Cristián Eugenio Rivera López, en conformidad al artículo 127 N° 4 inciso 5° del Reglamento de Selección y Ascensos del Personal de Carabineros de Chile. Explica que lo anterior se decidió, en atención a que con fecha 1 de enero 2022 se recibió denuncia de la ciudadana Margareth Toledo España, cabo 2° de Carabineros, quien señaló que a las 22:00 horas aproximadamente, en circunstancias que llega a su domicilio, se encuentra su ex conviviente identificado como Cristián Eugenio Rivera López, con la finalidad de visitar el hijo que mantienen en común, momento en que la denunciante se encontraba con su teléfono celular en la mano, el recurrente intentó arrebatárselo a la fuerza para revisar las conversaciones, resistiéndose a tal acción, por lo cual, el recurrente de autos habría comenzado a empujarla y darle manotazo
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de marzo de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Cristián Eugenio Rivera López, domiciliado en J.J. Núñez N°460, Artificio, La Calera, deduciendo acción de protección en contra de Carabineros de Chile (Prefectura Marga Marga), con domicilio en Arturo Prat 340, comuna de Limache, a fin que se adopten las medidas tendientes para cautelar el legíti
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