QUEZADA / LÓPEZ
Rol
Fecha
25 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: En folio 1, doña Miriam Estela Quezada Da Silva, venezolana, médico internista, interpone recurso de protección contra doña Karen Valeria López Valenzuela, quien ha afectado sus garantías constitucionales contempladas en los numerales 4 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que ella se desempeña como médico internista de la Posta de Santa Marta y Posta de Trapiche, de la comuna de La Ligua. Indica que el 27 de enero pasado mientras se encontraba atendiendo pacientes en la Posta Trapiche, se le hizo un sobrecupo, a la recurrida, quien al ingresar al box de atención le preguntó de forma prepotente y hostil “¿No te acuerdas de mí?-, soy la mamá de las gemelas”, tras lo cual la recurrida le dijo que solicitaba una explicación sobre por qué la recurrente se había negado en atender a su hija. La recurrente dio lectura a la ficha de atención de las hijas de la recurrida, detallando que en la consulta del 05 de noviembre de 2021 no pudo diagnosticar a la adolescente Tatiana Maturana López, porque la sintomatología actual de la menor indicaba una crisis de pánico, con lo que la madre no estuvo de acuerdo, recomendando la realización de nuevos exámenes médicos para entregar un diagnóstico certero. La recurrida la increpó diciéndole que “era una mentirosa, que eso no estaba escrito”, para luego hacer abandono del establecimiento. Dice que desde entonces la recurrida comenzó una campara de difamación en su contra por redes sociales y con los habitantes del sector de Trapiche en Longotoma. Al día siguiente la requerida concurrió nuevamente a la posta, exigiendo la ficha de atención de la adolescente y aseverando que se había alterado su contenido. Posterior a ello, la recurrida efectuó una “funa”, a través de diversas plataformas digitales, como; su cuenta de facebook, y estados de Whatsapp publicados los días 25, 26 y 27 de enero de 2022, contra la recurrente. Alega que estos mensajes la denigran como persona y como profesional, pues e
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido por doña Miriam Estela Quezada Da Silva, contra doña Karen Valeria López Valenzuela, Comuníquese, regístrese y archívese. N°Protección-7345-2022.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de marzo de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, doña Miriam Estela Quezada Da Silva, venezolana, médico internista, interpone recurso de protección contra doña Karen Valeria López Valenzuela, quien ha afectado sus garantías constitucionales contempladas en los numerales 4 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que
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