CORPORACIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN Y SALUD DE SAN BERNARDO/MINITERIO DE EDUCACIÓN
Rol
Fecha
25 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)
Hechos
Vistos: Comparecen la Ilustre Municipalidad del Bosque y la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, quienes deducen un recurso de protección en contra del Ministerio de Educación por el acto arbitrario e ilegal consistente en pagar las subvenciones mensuales con una fórmula distinta a la establecida por ley perjudicando a distintos establecimientos educacionales de los cuáles son los sostenedores, vulnerando las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°2, 11 y 25 de la constitución política de la República. Señalan que esta acción se origina debido a que el 25 de abril del año 2021 se pagaron subvenciones mensuales con una fórmula de pago distinta a la que señala DFL N°2 del año 1998 lo que se repitió con fecha 25 de mayo del mismo año y les hace pensar que se repetirá en los meses venideros. Exponen que la Municipalidad del Bosque es sostenedora de a lo menos 22 establecimientos educacionales y por su parte la Corporación Municipal de Educación de San Bernardo comparece actuando también como sostenedora de 42 establecimientos educacionales. Indican que la fórmula de pago no se encuentra determinada conforme los requisitos de la Glosa 03 programa 20 de Subvenciones para establecimientos educacionales, Letra a) de la Ley de Presupuesto del año 2021, el cual entregaba la formula correcta a aplicarse. Hacen presente que tradicionalmente los establecimientos educacionales que reciben subvención del Estado perciben el financiamiento a través de transferencias que provienen del Ministerio de Educación, de acuerdo a las normas contempladas en el DFL N°2 de 1998. En dicho cuerpo normativo, particularmente en el artículo 13, se establece la forma de cálculo de estas subvenciones, las que en general se determinan multiplicando el valor unitario por la asistencia media promedio registrada por curso en los últimos tres meses precedentes al pago. Sin embargo, esta forma de cálculo cambió desde el año 2020 dada la emergencia sanitaria,
Fundamentos
considerando las variables señaladas durante lo que resta del año 2021 se dejó de percibir aproximadamente $1.300.000.000 y en el caso de la Municipalidad del Bosque la afectación asciende aproximadamente a $70.000.000 de pesos mensuales
Fallo
En mérito de lo expuesto, solicitan se ordene a la unidad correspondiente del Mineduc que pague la subvención de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13 inciso final del decreto con fuerza de ley N°2 del año 1998, re liquidando las subvenciones pagadas el 25 de mayo del año 2021 a las asistencias del mes de marzo del año 2020. Informando Nicolás Ortiz Correa, abogado de la división jurídica del Ministerio de Educación quién en primer lugar interpone excepción de cosa juzgada formal en atención a que el mismo recurso fue presentado ante la ilustrísima Corte de apelaciones de San Miguel la cual con fecha 16 de junio del año 2021 declaró inadmisible el recurso fundado en que lo solicitado no sé condice con la naturaleza cautelar sino más bien con una naturaleza de carácter contencioso administrativo, la recurrida no impugna la resolución de la corte la que se encuentra ejecutoriada. Razón por la cual, se encuentra en la hipótesis de la excepción de cosa juzgada formal en los términos del artículo 177 del Código de Procedimiento Civil toda vez que se cumple la identidad legal de partes de causa perdida y causa de pedir entre el presente recurso de protección y aquel presentado en la Corte de San Miguel que fue declarado inadmisible. En cuanto al fondo, señala qué debido al brote de coronavirus el Ministerio de salud dictó el DS N° 4 que decretó la alerta sanitaria por el período que indica en el año 2020 el que fue prorrogado mediante el Decreto N° 24 del año 2021, hasta sept
Texto Completo (Preview)
.Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veintidós. Vistos: Comparecen la Ilustre Municipalidad del Bosque y la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, quienes deducen un recurso de protección en contra del Ministerio de Educación por el acto arbitrario e ilegal consistente en pagar las subvenciones mensuales con una fórmula distinta a la establecida por ley perjudicando a d
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