2º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/INVERSIONES ARELLANO PAZ RAUL ERNESTO

Rol

Fecha

24 de marzo de 2022

Materia

DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Se reproduce el fallo en alzada eliminando sus

Fundamentos

motivos décimo a duodécimo, y se tiene en su lugar y además presente: Que de acuerdo a la demanda de tercería y la prueba rendida por el trabajador, no es posible discernir con claridad si los montos contenidos en el acuerdo se refiere a algunas de las materias de los numerales 5 y 8 del artículo 2472 del Código Civil, que constituyen las preferencias alegadas por el tercerista lo que resulta del todo relevante, por cuanto en ambas hipótesis se consideran límites temporales y de cuantía que no es posible determinar al momento de establecer el monto por el que el tercerista tendría las preferencias invocadas.

Fallo

fallo en alzada eliminando sus motivos décimo a duodécimo, y se tiene en su lugar y además presente: Que de acuerdo a la demanda de tercería y la prueba rendida por el trabajador, no es posible discernir con claridad si los montos contenidos en el acuerdo se refiere a algunas de las materias de los numerales 5 y 8 del artículo 2472 del Código Civil, que constituyen las preferencias alegadas por el tercerista lo que resulta del todo relevante, por cuanto en ambas hipótesis se consideran límites temporales y de cuantía que no es posible determinar al momento de establecer el monto por el que el tercerista tendría las preferencias invocadas. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se REVOCA la sentencia apelada de fecha diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno, íntegramente transcrita en la carpeta digital y, en su lugar, se resuelve que se rechaza la demanda de tercería interpuesta por Sebastián Huerta Peralta en representación de Eduardo Fernando Cortés Díaz en contra del ejecutante Banco de Crédito e Inversiones y de la ejecutada Inversiones Arellano e Irarrazabal Limitada. Regístrese y devuélvase. II.-EN CUANTO AL RECURSO ROL 1026-2021: VISTO: Se reproduce el fallo en alzada eliminando sus motivos décimo a duodécimo, y se tiene en su lugar y además presente: Que de acuerdo a la demanda de tercería y la prueba rendida por el trabajador, no es posible discernir con claridad si los montos contenido

Texto Completo (Preview)

Banco de Crédito e Inversiones Inversiones Arellano Paz Raúl Ernesto Desposeimiento, notificación de Rol N° 1025-2021.- (C-3571-2017 Segundo Juzgado de Letras de La Serena) La Serena, veinticuatro de marzo de dos mil veintidós. La Serena, veinticuatro de marzo de dos mil veintidós. I.-EN CUANTO AL RECURSO ROL 1025-2021: VISTO: Se reproduce el fallo en alzada eliminando sus motivos décimo a duodéc

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