3ER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

INSTITUCION FINACIERA COOPERATIVA COOPEUCH LTDA./CUEVAS

Rol

Fecha

23 de marzo de 2022

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por la parte recurrente, teniendo especialmente presente lo dispuesto en el artículo 600 inciso tercero del Código Orgánico de Tribunales en relación con el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA en lo apelado, la sentencia de fecha diez de noviembre de dos mil veintiuno, declarándose en su lugar que se exime a la parte ejecutada del pago de las costas de la causa, por encontrarse patrocinada por la Corporación de Asistencia Judicial y gozar por ende, del privilegio de pobreza, debidamente acreditado en autos, manteniéndose en lo demás inalterado el señalado fallo. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1016-2021. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintitrés de marzo de dos mil veintidós. A la presentación del abogado Patricio Contreras Boero, folio 15: téngase presente. A la presentación de la Postulante de la Corporación de Asistencia Judicial Lorena Troncoso Gallegos, folio 16: A lo principal y otrosí: téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por la parte recurrente, teniendo

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