SIN INFORMACION

/ POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

23 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: En folio 1, doña Marcia Díaz Carrasco, abogada, interpone recurso de amparo en favor de don Lucas Martín Camargo, ciudadano de nacionalidad argentina, contra el Departamento de Extranjería y Policía Internacional de Los Andes de La Policía de Investigaciones de Chile, atendida la prohibición de ingreso al país ingresada en su Sistema de Gestión Policial. Explica que el día 01 de octubre de 2020, el amparado fue fiscalizado por personal de aduana, constatándose que el conductor mantenía ocultos 10 cartones de cigarrillos. Fue formalizado el día 03 de junio de 2021 como autor del delito de contrabando por el Juzgado de Garantía de Los Andes, arribando a un acuerdo reparatorio consistente en el pago de una suma de $210.112 al Servicio Nacional de Aduanas. Dicho acuerdo fue cumplido, por lo que se decretó 08 de Julio de 2021, el sobreseimiento definitivo de la causa. No obstante lo anterior, la Policía de Investigaciones mantuvo su prohibición de ingreso. Argumenta que el Decreto Ley N°1094 y su Reglamento otorgan la competencia del control de ingreso y salida del país de los extranjeros, a la Policía de Investigaciones de Chile. Señala que una de las causales que podría implicar la prohibición de ingreso a Chile de un extranjero, está constituida por haber sufrido condena o ser procesado por un delito que la ley chilena califique como simple delito y que la autoridad competente para resolver la medida de prohibición de ingreso al territorio nacional de los extranjeros que se encuentren en las situaciones preceptuadas en los artículos 26 y 27 del Reglamento (el supuesto descrito en el literal precedente), es el Ministerio del interior. Concluye que la prohibición de ingreso de propia iniciativa de la Policía de Investigaciones de Chile, es ilegal y ha vulnerado la garantía establecida en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República en tanto impide el libre ingreso al territorio nacional del amparado. Pide en definitiva, que se ordene a la recur

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de don Lucas Martín Camargo, contra el Departamento de Extranjería y Policía Internacional de Los Andes de La Policía de Investigaciones de Chile y en consecuencia, se ordena dejar sin efecto la prohibición de ingreso al territorio nacional, dentro del plazo máximo de 48 horas. Comuníquese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-451-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de marzo de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, doña Marcia Díaz Carrasco, abogada, interpone recurso de amparo en favor de don Lucas Martín Camargo, ciudadano de nacionalidad argentina, contra el Departamento de Extranjería y Policía Internacional de Los Andes de La Policía de Investigaciones de Chile, atendida la prohibición de ingreso al país ingresa

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