NOGUERA / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
23 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, abogados, a favor de Anyella Rebecca Noguera García, venezolana, deduciendo acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, lo que vulnera lo preceptuado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. Indican que la recurrente, con fecha 26 de octubre 2020, previo al vencimiento de su visa temporaria, solicitó el beneficio de permanencia definitiva. Sin embargo, hasta la fecha, no ha recibido ninguna comunicación por parte de extranjería, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Refieren que las garantías y derechos constitucionales que resultan afectados, lo son por la omisión arbitraria e ilegal por parte del recurrido en el excesivo tiempo de tramitación, toda vez que desde la solicitud ha transcurrido 1 año, 3 meses y 21 días; sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre la solicitud formulada. En esta misma línea, destaca que cobra especial relevancia lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, debiendo resaltarse el artículo 7 y 27, al consagrar el Principio de Celeridad, esto es, que el procedimiento sometido al criterio de celeridad, se impulsará de oficio en todos sus trámites. Añade dicha norma, que las autoridades y funcionarios de los órganos de la Administración del Estado deberán actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstá
Fallo
Por lo expuesto, solicitan se acoja la presente acción, ordenando a la recurrida que se pronuncie sobre la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. A folio 8, informa el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, solicitando el rechazo de la acción. Indica que por Comunicación Electrónica de fecha 10 de marzo de 2022, remitida por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se le informó a la extranjera que su solicitud de permanencia definitiva avanzó a etapa de análisis resolutivo. Añade que luego, consta el pago de los derechos correspondientes a su solicitud de permiso de permanencia definitiva con fecha 11 de marzo de 2022, encontrándose vigente el término para que esta autoridad administrativa resuelva la solicitud del extranjero. Finalmente, expone que mediante Oficio ordinario N° 11.688 de fecha 11 de marzo de 2022 del Servicio Nacional de Migraciones, se comunicó a la extranjera que su solicitud de Permanencia Definitiva no reúne los requisitos exigidos por la legislación vigente. Que, mediante el mismo oficio, este Departamento requiere que remita los documentos solicitados en el oficio ordinario que se acompaña, por lo que se le otorgó a la extranjera un plazo de 30 días, para presentar lo solicitado, bajo apercibimiento de ser rechazada la solicitud de permanencia definitiva. En consecue
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Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de marzo de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, abogados, a favor de Anyella Rebecca Noguera García, venezolana, deduciendo acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por la omisión ileg
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