SIN INFORMACION

MATIAS FELIPE SANDOVAL ESPINOSA/GENDARMERIA DE CHILE Y OTRO.

Rol

Fecha

23 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que doña Leonor Espinoza Ramírez interpone acción constitucional de amparo en favor de su hijo Matías Felipe Sandoval Espinoza, en contra de Gendarmería de Chile y el 11° Juzgado de Garantía de Santiago. Explica que su hijo cumple una condena de seis años de privación de libertad en el C.D.P. Puente Alto. Agrega que Gendarmería de Chile reconoció meses de abono a su respecto, aportando los datos de la causa en la que se dictó la sentencia que lo afecta. Expresa que la mentada recurrida le notificó a Matías Sandoval Espinoza que el 28 de febrero de 2022 estaría en libertad. Aduce que aquello no se ha concretado a la fecha, por lo que pide a esta Corte que se practiquen los abonos correspondientes y, en consecuencia, se disponga su libertad. Segundo: Que informa al tenor del recurso doña Verónica Vásquez Henríquez, jueza del 11° Juzgado de Garantía de Santiago. Señala que el 29 de mayo de 2016 se inició la causa penal RIT 4430-2016, seguida en contra de Sandoval Espinoza, siendo formalizado como autor del delito de robo con intimidación. Agrega que el 24 de mayo del año siguiente, el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago lo condenó a cumplir la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, ordenando que ésta se cumpliera de forma efectiva, reconociéndole como abono el tiempo que permaneció privado de libertad con motivo de la causa, el que va desde 29 de mayo de 2016 a la fecha de ejecutoria de la sentencia. Precisa que el 7 de junio de 2017, el tribunal le dio orden de ingreso en calidad de rematado al Centro de Cumplimiento de Colina II. Expresa que en relación con Sandoval Espinoza no existen actuaciones en la causa que guarden relación con otros abonos que se tengan que reconocer en su favor. Tercero: Que, a su turno, emite informe don Michelle Barahona Fuentes, Alcaide de C.D.P. Puente Alto. Indica que Matías Sandoval Espinoza inició el cumplimiento de la condena que le fue impuesta el 29 de mayo de 2016 y que su f

Fundamentos

considerando lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19.856, que contempla la caducidad del beneficio de reducción de condena por cesación de comportamiento sobresaliente. Noveno: Que, además, se estima que la decisión que rechazó la concesión del beneficio fue acordada por el órgano que expresamente establece la ley al efecto, el que actuó luego de analizar los antecedentes que puso en su conocimiento Gendarmería, no vislumbrándose alguna afectación ilegal a la garantía constitucional que sirve de fundamento a la acción deducida, esto es, el derecho a la libertad personal y seguridad individual reconocido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Matías Felipe Sandoval Espinoza, en contra de Gendarmería de Chile y el 11° Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol N° 107- 2022-AMP. Pronunciada por la Sexta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las ministras señoras María Teresa Díaz Zamora, Dora Mondaca Rosales y Claudia Lazen Manzur.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintitrés de marzo de dos mil veintidós. Vistos: Primero: Que doña Leonor Espinoza Ramírez interpone acción constitucional de amparo en favor de su hijo Matías Felipe Sandoval Espinoza, en contra de Gendarmería de Chile y el 11° Juzgado de Garantía de Santiago. Explica que su hijo cumple una condena de seis años de privación de libertad en el C.D.P. Puente Alto. Agrega que Gendarmer

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