4º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES CON JONATHAN ORTIZ BRAVO

Rol

Fecha

22 de marzo de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes, habiéndose opuesto el ejecutado al embargo, lo que consta en la certificación del receptor judicial de fecha 22 de febrero de 2021, y no siendo incompatible dicha solicitud con la diligencia que se dispuso en relación del Tesorería General de República, cumpliéndose por tanto los requisitos establecidos en el artículo 443 del Código de Procedimiento Civil. Y, visto además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del código ya señalado, se revoca la resolución apelada de cuatro de febrero del año en curso, de los autos C-281-2020 del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel y, en su lugar se declara que se accede a lo solicitado, debiéndose oficiar para la realización de la diligencia con auxilio de la fuerza pública. El tribunal a quo, deberá hacer las gestiones pertinentes para cumplir lo antes resuelto. Regístrese y devuélvase. N°179-2022 Civil

Fallo

por tanto los requisitos establecidos en el artículo 443 del Código de Procedimiento Civil. Y, visto además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del código ya señalado, se revoca la resolución apelada de cuatro de febrero del año en curso, de los autos C-281-2020 del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel y, en su lugar se declara que se accede a lo solicitado, debiéndose oficiar para la realización de la diligencia con auxilio de la fuerza pública. El tribunal a quo, deberá hacer las gestiones pertinentes para cumplir lo antes resuelto. Regístrese y devuélvase. N°179-2022 Civil

Texto Completo (Preview)

San Miguel, a veintidós de marzo de dos mil veintidós. Vistos: El mérito de los antecedentes, habiéndose opuesto el ejecutado al embargo, lo que consta en la certificación del receptor judicial de fecha 22 de febrero de 2021, y no siendo incompatible dicha solicitud con la diligencia que se dispuso en relación del Tesorería General de República, cumpliéndose por tanto los requisitos establecidos

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