1º JUZGADO DE LETRAS DE ARICA

RIVERA/FISCO / CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

Rol

Fecha

22 de marzo de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, Y TENIENDO, ADEMÁS. PRESENTE: 1°) Que si bien en la demanda se alude inicialmente al expediente administrativo “Rol 1980/2012”, no ha de soslayarse que en el escrito de réplica, esto es, dentro de la etapa de discusión del pleito, la parte demandante aclaró que los roles administrativos, de que se trata, corresponden a los expedientes N° 10.677-2012 y N° 10.980-2012, a lo que debe añadirse que en el expediente judicial Rol N° 2775-2014 del Tercer Juzgado de Letras de Arica, que se tiene a la vista al momento de resolver, consta que el Fisco-Tesorería, dedujo ejecución invocando ambos expedientes, los que acompañó en dicha causa, en la que, se declaró el abandono del procedimiento, cuestión, por lo demás, no controvertida. En tal sentido, no existe vicio de ultra petita y la sentencia no se ha extendido a puntos que las partes no hayan sometido a decisión del Tribunal. 2°) Que a mayor abundamiento respecto de los giros cuya prescripción se solicitó por el demandante no existe duda respecto a su singularización, a que se encuentran devengados y no pagados. 3°) Que respecto de las costas, y no compartiendo estos sentenciadores que la parte demandada haya litigado con motivo plausible, atento lo señalado en los

Fundamentos

motivos precedentes, se confirmará la sentencia en dicho sentido. Y visto, además, lo que disponen los artículos 170 y 140 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada de doce de enero del año en curso, pronunciada en la causa Rol N° C-1142-2021 del Primer Juzgado de Letras de Arica. Devuélvase el expediente tenido a la vista. Regístrese, notifíquese y comuníquese vía interconexión. Rol N° 57-2022 Civil.

Texto Completo (Preview)

Arica, veintidós de marzo de dos mil veintidós. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, Y TENIENDO, ADEMÁS. PRESENTE: 1°) Que si bien en la demanda se alude inicialmente al expediente administrativo “Rol 1980/2012”, no ha de soslayarse que en el escrito de réplica, esto es, dentro de la etapa de discusión del pleito, la parte demandante aclaró que los roles administrativos, de que se trata, c

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