ITAUCORPBANCA CON MARISOL TAHORMINA OLIVER
Rol
Fecha
22 de marzo de 2022
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes y no habiendo transcurrido el plazo señalado en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, desde que la última gestión útil es aquella dictada el 5 de abril del año 2021, que corresponde a la sentencia definitiva, la que fue notificada a la demandada el 18 de agosto del mismo año, de lo que se sigue que no ha operado el abandono del procedimiento. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno de los autos C-4778-2020 del Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo, en cuanto por ella se acoge el incidente de abandono del procedimiento y se declara que se rechaza ese requerimiento. Devuélvase. N°16-2022 Civil Pronunciado por la Primera Sala integrada por los ministros señor Roberto Contreras Olivares, señor Patricio Martínez Benavides y la fiscal judicial señora Carla Troncoso Bustamante.
Fallo
se declara que se rechaza ese requerimiento. Devuélvase. N°16-2022 Civil Pronunciado por la Primera Sala integrada por los ministros señor Roberto Contreras Olivares, señor Patricio Martínez Benavides y la fiscal judicial señora Carla Troncoso Bustamante.
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó revocando el abogado don Daniel Muñoz Díaz y que la vista de la causa se inició a las 10.45 horas y finalizó a las 10.57 horas. En San Miguel, a 22 de marzo de 2022, Natalia Alvarez Villarroel, relatora San Miguel, a veintidós de marzo de dos mil veintidós. A los escritos folios 14120 y 14216: Téngase presente. Vistos: El mérito de los antecedentes y no habiendo t
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