SCHIELE/AGENCIA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (ANID)
Rol
Fecha
22 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Comparece don Alejandro Usen Vicencio, abogado, en representación de doña Claudia Carolina Schiele Manzor, e interpone recurso de protección en contra de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), representada por su Directora (S), doña Aisen Amalia, Etcheverry Escudero. Señala que mediante Resolución la Exenta n° 396/2010, la recurrente, se adjudicó el concurso de becas para estudios de doctorado en chile, año académico 2010. Que mediante la Resolución Exenta N° 1417/2010, se aprobó el convenio suscrito entre la Sra. Schiele Manzor y CONICYT, en el marco de la beca de Doctorado en Chile año académico 2010, para realizar un programa de Doctorado en Derecho en la Pontificia Universidad Católica de Chile. Que mediante Resolución Exenta N° 2736/2019, se declaró el incumplimiento de las obligaciones que impone la beca y se solicitó a su representada la restitución de los fondos en el marco del concurso de Becas de Doctorado en Chile, año académico 2010, fundado en que “…becario ha infringido la hipótesis señalada en el numeral que exige mantener la calidad de alumno regular, habiendo abandonado su programa doctoral…”. Aduce que contra esta decisión, doña Claudia interpuso un recurso de reposición, mediante el cual solicita se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 2736/2019, el cual fue rechazado, argumentando que: “La Sra. Schiele obtuvo el grado académico de doctora en derecho, con fecha 03/05/2018, fecha que supera el plazo dispuesto por la ley para regularizar su situación…” (de 5 años contados desde el término de la beca); agregando que “Se constata que no obtuvo el grado académico de Doctor dentro del plazo que dispone la normativa que regula su beca, verificándose el incumplimiento de dicha obligación, y siendo procedente la solicitud de la restitución de los fondos conferidos con ocasión de la beca…”. Advierte que el fundamento de base para dictar la Resolución Exenta Nº 2736/2019, de fecha 11 de enero de 2019, fue el incumplimiento absoluto y, los fundamentos de la Resolución Exenta Nº 3742/2019, de fecha 08 de marzo de 2019, fue el cumplimiento fuera de plazo, lo cual se logró establecer por antecedentes aportados por doña Claudia Schiele, y sin embargo, se mantuvo la decisión de sancionar el incumplimiento y requerir igualmente la restitución de los fondos conferidos con ocasión de la beca. Relata que ante lo anterior, con fecha 11 de marzo de 2020, requirió la invalidación ante el Programa de Formación de Capital Humano Avanzado, alegándose: en primer lugar que los actos administrativos requieren de un procedimiento administrativo previo legalmente tramitado, el cual no existió; en segundo lugar, que se impuso una obligación restitutoria sin prueba de la culpa y sin permitirle a la recurrente ejercer su derecho a defensa; en tercer lugar, un error manifiesto al hacer equivalentes el incumplimiento total de una obligación con el cumplimiento tardío; y en cuarto lugar, que las resoluciones impugnadas s
Fallo
se declara el incumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases del Concurso de becas para estudios de doctorado en Chile, año académico 2010, impuestas a la becaria Claudia Carolina Schiele Manzor, ya que la aludida ha infringido la hipótesis señalada en el numeral que exige mantener la calidad de alumno regular, habiendo abandonado su programa doctoral; y con fecha 15 de enero de 2019, se notifica la resolución anterior. Expresa que con fecha 25 de enero de 2019 la Sra. Claudia Carolina Schiele Manzor, interpone recurso de reposición en contra de la Resolución Exenta N° 2736/2019, y en dicha oportunidad, pese a la información oficial proporcionada por la universidad que indicaba que la becaria habría abandonados sus estudios, se constata que con fecha 03 de mayo de 2018, mediante certificado de grado de la Pontificia Universidad Católica de Chile, la Sra. Schiele obtiene el grado académico de doctor en Derecho, esto es, fuera del plazo máximo permitido por la ley para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones. Añade que con fecha 08 de marzo de 2019, se emite la Resolución Exenta N° 3742/2019, que rechaza el recurso de reposición interpuesto por la Sra. Schiele, constatándose que la aludida becaria no obtuvo el grado académico de Doctor dentro del plazo que dispone la normativa que regula su beca, verificándose el incumplimiento de dicha obligación, y siendo procedente la solicitud de la restitución de los fondos conferidos con ocasión de la beca. Aduce que c
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C.A. de Santiago Santiago, veintidós de marzo de dos mil veintidós. Vistos y considerando: Primero: Comparece don Alejandro Usen Vicencio, abogado, en representación de doña Claudia Carolina Schiele Manzor, e interpone recurso de protección en contra de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), representada por su Directora (S), doña Aisen Amalia, Etcheverry Escudero. Señala que me
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