SIN INFORMACION

BANCO DE CHILE / SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Rol

Fecha

22 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

considerandos tercero y cuarto, los que se eliminan. Y teniendo en su lugar presente: 1° Que, de los antecedentes tenidos a la vista y lo señalado por la denunciada en estrados, con la prueba aportada no se ha acreditado por la denunciante cuál habría sido, en definitiva, la infracción cometida por la denunciada, y que sirve de sustento a la sentencia apelada, desde que lo único que se tiene por acreditado en el

Fallo

fallo impugnado es, precisamente, la ocurrencia de los hechos señalados en la denuncia, sin que se haya dado cuenta de cómo se produce, con precisión, la infracción de los artículos 12 y 23 de la Ley N° 19.496 por la parte denunciada. 2° Que, específicamente, se estableció en primer grado que fue el demandante y denunciante quien de alguna manera permitió el actuar fraudulento de terceros. Adicionalmente, en este caso no se trató de transferencias o transacciones directamente ejecutadas desde la cuenta bancaria, sino de pagos respecto de cuentas en lo que intermedió una tercera empresa, de modo que el banco ni sabía la localidad a que se referían las cuentas pagadas, ni podía limitar los montos, como si está obligado a hacerlo en los casos de primera transferencia a cuenta desconocida. Por todo lo anterior, no resultó acreditada ninguna infracción cometida por la entidad bancaria. 3° Que, como consecuencia de lo anterior, la demanda civil de indemnización de perjuicios también debe ser desestimada, al no existir una conducta culpable por parte de la denunciada que le sirva de sustento. Y visto además lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N°18.287, se revoca la sentencia apelada de fecha diez de febrero de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Valparaíso en autos Rol 3-2020, escrita de fojas 283 a 289, y en su lugar se dispone que se absuelve al denunciado respecto de lo infraccional, y se rechaza la demanda civil de indemnización de perjui

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de marzo de dos mil veintidós. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus considerandos tercero y cuarto, los que se eliminan. Y teniendo en su lugar presente: 1° Que, de los antecedentes tenidos a la vista y lo señalado por la denunciada en estrados, con la prueba aportada no se ha acreditado por la denunciante cuál habría sido, en d

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