1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

TORRES/SALCOBRAND S.A. **

Rol

Fecha

22 de marzo de 2022

Materia

ART. 19 Nº 4 CPR. VIDA PRIVADA Y HONRA

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de seis de julio de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° T-13-2020, se rechazó la denuncia de tutela laboral con ocasión del despido y la demanda subsidiaria de despido indebido y cobro de prestaciones, en todas sus partes; intentadas por el denunciante Oscar Andrés Torres Quinteros en contra de Salcobrand S.A., sin costas. Contra dicho fallo la parte denunciante y demandante dedujo recurso de nulidad, fundado como causal principal, la prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyo en lo dispositivo del fallo, respecto del artículo 153 del Código del Trabajo y siguientes, en relación al procedimiento de investigación sumaria establecido en el Título XVIII – C, Título XIX – C, y artículo 68-C, del Reglamento Interno de la empresa. Interpone subsidiariamente la causal del artículo 478 letra e) del Código del trabajo, en relación con el artículo 459 numeral 4° del mismo cuerpo normativo, consistente en la omisión del análisis de un medio de prueba fundamental y ausencia de razonamiento. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, la jurisprudencia ha sostenido de manera reiterada que las causales de nulidad interpuestas, esto es, la establecida en el artículo 477 por infracción de ley y en subsidio la del artículo 478 letra e), todas del Código del Trabajo, son incompatibles entre sí y han sido mal planteadas, esto es, no debieron haber sido interpuestas en el orden que se hizo, sino invocando en primer lugar la causal de haber dictado con omisión de los requisitos legales y en subsidio de ella, la causal de infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo. Este orden de impugnación tiene lógica, porque no puede reprocharse a una sentencia el incurrir en una infracción de ley con influencia en lo sustancial en su parte dispositiva, lo que supone aceptar os hechos que se han dado por acreditados y luego; en subsidio se impugna el

Fallo

fallo la parte denunciante y demandante dedujo recurso de nulidad, fundado como causal principal, la prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyo en lo dispositivo del fallo, respecto del artículo 153 del Código del Trabajo y siguientes, en relación al procedimiento de investigación sumaria establecido en el Título XVIII – C, Título XIX – C, y artículo 68-C, del Reglamento Interno de la empresa. Interpone subsidiariamente la causal del artículo 478 letra e) del Código del trabajo, en relación con el artículo 459 numeral 4° del mismo cuerpo normativo, consistente en la omisión del análisis de un medio de prueba fundamental y ausencia de razonamiento. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que, la jurisprudencia ha sostenido de manera reiterada que las causales de nulidad interpuestas, esto es, la establecida en el artículo 477 por infracción de ley y en subsidio la del artículo 478 letra e), todas del Código del Trabajo, son incompatibles entre sí y han sido mal planteadas, esto es, no debieron haber sido interpuestas en el orden que se hizo, sino invocando en primer lugar la causal de haber dictado con omisión de los requisitos legales y en subsidio de ella, la causal de infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo. Este orden de impugnación tiene lógica, porque no puede repr

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Santiago, veintidós de marzo de dos mil veintidós. Vistos: Por sentencia de seis de julio de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° T-13-2020, se rechazó la denuncia de tutela laboral con ocasión del despido y la demanda subsidiaria de despido indebido y cobro de prestaciones, en todas sus partes; intentadas por el denunciante Oscar

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