SIN INFORMACION

ALTUVE/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

22 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de don Styven José Altuve Rodríguez, de nacionalidad venezolana, domiciliado para estos efectos en Avenida Padre Alberto Hurtado Nº 59, Región Metropolitana, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber incurrido éste en una omisión ilegal y arbitraria al no pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva de 28 de enero de 2021, lo que vulneraría su garantía fundamental del artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República. Solicita que se acoja su acción y se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Fundando su acción indica que ingresó al país en calidad de turista, estando dentro del país cambio su condición migratoria a residente temporario por visa otorgada, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Por ello, refiere que el 28 de enero de 2021 solicitó el beneficio de permanencia definitiva, la que se tramita bajo el número 18200335. Pese a ello, indica que a la fecha no ha recibido ninguna comunicación por parte de extranjería, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Alega que se infringen los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N° 19.880, especialmente el principio de celeridad, impulso de oficio y economía procedimental, pues los órganos de la Administración del Estado deberán actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstáculo que pudiere afectar a su pronta y debida decisión. SEGUNDO: Que comparece doña Paz Ortúzar Fuenzalida, abogada del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, quien informando al tenor del recurso, solicita

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en estos autos. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Protección-38938-2021. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, conformada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y la Ministra señora Jenny Book Reyes.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de marzo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de don Styven José Altuve Rodríguez, de nacionalidad venezolana, domiciliado para estos efectos en Avenida Padre Alberto Hurtado Nº 59, Región Metropolitana, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extr

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