SIN INFORMACION

CONCHA RODRIGUEZ HUGO GILBERTO/GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

21 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Linda Susana Catalán Appelgren, abogada, quien deduce Acción Constitucional de Amparo en favor de Hugo Concha Rodríguez, recluido en Centro Penitenciario de Colina I, y en contra de Gendarmería de Chile. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo condena en CCP Colina I y desempeñándose en el CET de dicha unidad penal. Que mientras estaba desempeñando sus labores fue agredido el día viernes 4 de marzo de 2022 por otro interno quien le causo graves heridas en sus manos con un cuchillo, lo que obligó a que fuese trasladado al Hospital San José para una primera atención, sin embargo, sigue con fuertes dolores; ha pedido ayuda a las autoridades del penal sin ninguna respuesta. Que es urgente que sea trasladado nuevamente para atención médica, lo que constituye una obligación para Gendarmería de Chile en cumplimiento de su deber de brindar protección y seguridad, tal y como prescriben los artículos 2, 4 y 6 inciso 3º del Decreto 518. Solicita se disponga se otorguen estrictas medidas de seguridad para proteger la vida e integridad física y psíquica del amparado y se le traslade en forma urgente a un Centro Hospitalario. Segundo: Que comparece informando Luis Muñoz Fuentealba, coronel, Alcaide C.C.P. Colina I, quien expresa que el interno declaró ante el Jefe del CET señalando que no ha tenido contacto con el interno Luis Obregon Saavedra desde que sufrió la agresión el 04 de marzo de 2022; que no ha sufrido ningún tipo de amenaza contra su persona después de que el interno Luis Obregon Saavedra fuera despachado a la población general y desvinculado del CET; y que le preocupa el estado de sus manos ya que aun no le han dado ninguna hora para la operación y teme perder la movilidad de sus dedos. Agrega el informante que con fecha 14 de marzo de 2022, se emite informe médico, respecto al paciente Hugo Gilberto Concha Rodríguez, el cual menciona que: “(...) Al examen físico visual, no Presenta lesiones recientes. — P

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se decide que se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta en favor de Hugo Concha Rodríguez y dirigido en contra de la Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de lo anterior, se ordena a Gendarmería de Chile velar para que el amparado reciba pronta y oportuna atención médica para tratar las lesiones que dan cuenta los informes médicos agregados a éste recurso. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. Rol Corte N° 637-2022 (Amparo).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de marzo de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Linda Susana Catalán Appelgren, abogada, quien deduce Acción Constitucional de Amparo en favor de Hugo Concha Rodríguez, recluido en Centro Penitenciario de Colina I, y en contra de Gendarmería de Chile. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo condena en CCP Colina I y de

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