ODREMAN/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR YSEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
21 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 01 de marzo pasado comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, en representación de Joel Elías Odreman, de nacionalidad venezolana, con domicilio en Avenida Islon 2566, comuna de La Serena, deduciendo recurso de protección en contra del DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN, dependientes del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, Ingeniero Civil Industrial, con domicilio en calle Matucana N° 1223, comuna de Santiago, Región Metropolitana, “por la omisión ilegal y arbitraria en la emisión de orden de giro de visa aprobada y digitalización de estampado electrónico, correspondiente a la visa de residencia temporaria otorgada en subsidio, en virtud del rechazo de solicitud de permanencia definitiva realizada con fecha 12 de septiembre de 2020” (sic), por conculcar dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme a lo preceptuado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Señalan que el amparado reside regularmente en Chile, y previo al vencimiento de su visa como residente temporario, solicitó su permanencia definitiva con fecha 12 de septiembre de 2020, según consta en comprobante de solicitud Nro. 4977148. Señala que el día 09 de septiembre de 2021 es notificado de Resolución Exenta Nº109.087, mediante la cual se rechaza su solicitud de permanencia definitiva, y se otorga en subsidio una visa de residencia temporaria. En razón de ello, el recurrente debía descargar la orden de giro a los fines de realizar el pago correspondiente a los derechos de visa, y posterior estampado de la misma, sin embargo, don Joel Elías Odreman, hasta ahora no ha logrado tener acceso a este documento, pues no se visualiza registro en la herramienta de autoconsulta. Refiere que las garantías y derechos constitucionales que resultan afectados lo son por la omisión arbitraria e ilegal por parte de la recurrida en el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta de solicitud de permanencia definitiva esto es desde la solicitud hecha con fecha 12 de septiembre de 2020, sin que la autoridad administrativa haya emitido la orden de giro para el pago de los derechos correspondientes a la visa aprobada en subsidio, y la consecuente digitalización del estampado electrónico de la misma. Alega que se ha prolongado de manera ilegal y arbitraria el plazo establecido en el artículo 27 de la ley 19.880 para la resolución de los procesos administrativos, afectando además los principios de celeridad y economía procedimental, contenidos en la misma ley. Solicitan acoger en todas sus partes el recurso, ordenando a la recurrida liberar la orden de pago, así como digitalizar el estampado electrónico para ser titular del beneficio aprobado, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Acompaña: 1. Comprobante de solicitud de permanencia definitiva; 2. Estampado de visa de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de JOEL ELÍAS ODREMAN, en contra del Servicio Nacional de Extranjería, solo en cuanto se dispone que la recurrida deberá, en un plazo de diez días corridos, emitir el estampado electrónico que acredite su estatus migratorio. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 241-2022 Protección.-
Texto Completo (Preview)
Odreman, Joel Elías Departamento de Extranjería y Migración Recurso de Protección Rol N°241-2022.- La Serena, veintiuno de marzo de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 01 de marzo pasado comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, en representación de Joel Elías Odreman, de nacionalidad venezolana, con domicilio en Avenida Islon
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