MP C/DANILO ERNESTO LLANQUINAO LIEN
Rol
Fecha
21 de marzo de 2022
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizada la investigación y, en consecuencia, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada, por la naturaleza y forma de comisión del delito atribuido, así como la circunstancia de registrar condenas en su extracto de filiación por delitos que merecen igual o mayor pena, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de catorce de marzo del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que ordenó la prisión preventiva del imputado Danilo Ernesto Llanquinao Lien. Devuélvase. N° 739-2022 Penal.
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San Miguel, veintiuno de marzo de dos mil veintidós. Sala: Tercera Sala Rol: 739-2022 Penal Ruc: 2200237903-5 RIT: 607-2022 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señora Adriana Sottovia Giménez, señora M. Alejandra Pizarro Soto y señora Carmen Gloria Escanilla Pérez. Relator: Cristián Alcántara Mödinger Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Samuel Malamud De
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