AMPARADA: MAIKERLIS DANIELA MARCANO PIRELA/RECURRIDOS: SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DE TARAPACA
Rol
Fecha
18 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Comparecen CRISTIAN ANDRES PEDREROS LEAL, abogado, y YOHANA LORENA SANHUEZA NEIRA, egresada de derecho, ambos domiciliados en calle Castellón N°1438, Concepción, en representación de MAIKERLIS DANIELA MARCANO PIRELA, trabajadora, de nacionalidad venezolana, pasaporte N°139174023, con domicilio en Calle Tucapel N°955, comuna de Concepción, región del Bío Bío e interponen recurso de protección contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES (continuadora legal del Departamento de Extranjería y Migración), representado legalmente por don ALVARO BELLOLIO AVARIA cédula de identidad N°16.097.475-3 por haber decretado su expulsión del país de manera ilegal y arbitraria a través de Resolución Exenta número 724 de fecha 10 de Febrero del año 2021, por la Intendencia Regional de Tarapacá, y que fuera notificado a su representada con fecha de 24 de febrero del 2022, fecha en que firmó la notificación. Plantean que la estadía de su representada en el país no se debe a
Fundamentos
motivos caprichosos ni fraudulentos, es debido al peligro inminente que enfrentaba su integridad física y psicológica en el contexto de la profunda crisis económica y política que atraviesa Venezuela, país en el cual mi representada residía junto a su madre de 42 años, que continúa en dicho país, y su hijo de 8 años de edad y debiendo ella venir en busca de mejores oportunidades, laborales y sociales ya que no podía continuar en Venezuela viviendo por cierto en condiciones precarias y afrentando situaciones que no son desconocidas para Chile, ni para Las Naciones Unidas, ni para el mundo. En Julio del año 2020 entra a Chile, por un paso no habilitado, específicamente, por la frontera con Bolivia. Posterior a esto, voluntariamente intenta declarar que había ingresado en forma ilegal al país ante Policía de Investigaciones, pero las constantes fallas en el sistema no le permitieron realizar la autodenuncia y cooperar en todo lo que se le solicita para intentar regularizar su situación, dentro de ellas cumplir íntegramente con las firmas semanales ante la Policía de Investigaciones de Chile que se solicitan. Agrega que en busca de una situación laboral mejorada que permita mejor su calidad de vida en Chile, y darle un mejor futuro a sus hijos, decide arrendar una habitación, en el centro de Concepción, donde se le permite tener una actividad laboral, mientras sus hijos acuden a sala cuna y colegio, teniendo en consideración que para poder acceder a un trabajo formal, es necesario regular su situación actual. La madrugada del jueves 24 de febrero, específicamente a las 5 AM, junto a su familia compuesta por su pareja el Sr. Carlos Colina, su hijo de 8 años de edad Christopher Agüero Marcano y su hija chilena de 1 año, 4 meses, Javiannys Colina Marcano , es víctima de un allanamiento, sin una orden de parte del tribunal, a la habitación donde reside actualmente, por parte de la PDI de Concepción, donde les informan que deben ir inmediatamente al cuartel de la PDI, a firmar su decreto de expulsión, y además se les amenaza con que les quitarían a sus hijos, de malas formas, y creando un grave trauma en los menores, posteriormente, son llevados por los funcionarios al cuartel de la PDI de Concepción, y les hacen firmar el acta de notificación. La eventual expulsión y su regreso a Venezuela pone en peligro su integridad y las de sus hijos, ya que ella vino a Chile buscando una mejor calidad de vida, además de ser madre de una niña chilena cabe tener presente que la actual situación de Venezuela no permite obtener un trabajo seguro. Informa el Servicio Nacional de Migraciones, señalando que a juicio de esta autoridad, a quien le corresponde informar el fondo de esta acción es a la Delegación Presidencial de la Región de Tarapacá, continuadora legal de la Intendencia de la Región de Tarapacá, dado que la Resolución impugnada en la presente acción constitucional fue dictada por dicha autoridad. Sin perjuicio de
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE la acción constitucional de amparo interpuesta por MAIKERLIS DANIELA MARCANO PIRELA y en consecuencia se deja sin efecto la Resolución Exenta número 724 de fecha 10 de Febrero del año 2021, por la Intendencia Regional de Tarapacá, y que fuera notificado con fecha de 24 de febrero del 2022, fecha en que firmó la notificación que dispuso la expulsión del territorio nacional de la amparado. Comuníquese lo resuelto a la Delegación Presidencial recurrida y al Departamento de Extranjería de la Policía de Investigaciones de Chile, por la vía más expedita. Redacción del abogado integrante Waldo Ortega Jarpa Regístrese, comuníquese y archívese. Rol 127-2022 amparo
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, dieciocho de marzo de dos mil veintidós. VISTOS: Comparecen CRISTIAN ANDRES PEDREROS LEAL, abogado, y YOHANA LORENA SANHUEZA NEIRA, egresada de derecho, ambos domiciliados en calle Castellón N°1438, Concepción, en representación de MAIKERLIS DANIELA MARCANO PIRELA, trabajadora, de nacionalidad venezolana, pasaporte N°139174023, con domicilio en Calle Tucapel N°95
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