CLAUDIO EDMUNDO BALBOA AROCA C/ BRIAN ALEXANDER QUINTEROS MILLAHUEQUE
Rol
Fecha
18 de marzo de 2022
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado, se desprende que los elementos investigativos acompañados por el Ministerio Público en su solicitud y reproducidos en su recurso, consistentes en evidencia material, registro de cámaras fotográficas, empadronamientos y declaraciones, entre otros, y que el hecho que se califica como homicidio tiene asignada en abstracto una pena de crimen, lo que permite presumir, razonablemente, que la comparecencia del imputado a una audiencia de formalización y discusión de otras medidas cautelares puede verse demorada o dificultada en los términos previstos en el artículo 127 del Código Procesal Penal, y en relación al segundo hecho punible investigado, redunda en otros antecedentes cuya persecución permiten presumir la situación precedente, de lo que se concluye que la solicitud de orden de detención se encuentra debidamente justificada, SE REVOCA, en lo apelado, la resolución de dos de marzo de dos mil veintidós, dictada en la causa RIT 1009-2022, RUC 2200176570-5 del Juzgado de Garantía de esta ciudad, y, en su lugar, se declara que se hace lugar a la solicitud planteada por el Ministerio Público en cuanto a decretar orden de detención en contra de Brian Alexander Quinteros Millahueque. Comuníquese vía interconexión al Juzgado de Garantía de Arica, a fin que proceda a confeccionar dicha orden y la despache mediante el sistema informático dispuesto para tal efecto. Rol N° 113-2022 Penal.
Fallo
se declara que se hace lugar a la solicitud planteada por el Ministerio Público en cuanto a decretar orden de detención en contra de Brian Alexander Quinteros Millahueque. Comuníquese vía interconexión al Juzgado de Garantía de Arica, a fin que proceda a confeccionar dicha orden y la despache mediante el sistema informático dispuesto para tal efecto. Rol N° 113-2022 Penal.
Texto Completo (Preview)
Arica, dieciocho de marzo de dos mil veintidós. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado, se desprende que los elementos investigativos acompañados por el Ministerio Público en su solicitud y reproducidos en su recurso, consistentes en evidencia material, registro de cámaras fotográficas, empadronamientos y declaraciones, entre otros, y que el
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