SIN INFORMACION

LABORATORIO D ALBERT LORENZ LTDA./BANCO SANTANDER - CHILE

Rol

Fecha

18 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, recurre de protección Juan Granic Minieri, mandatario judicial de la Sociedad Laboratorio y Cosméticos D´Albert Lorenz Limitada, representada legalmente por don Alberto Lorenzoni Pérez, contra el Banco Santander-Chile por el acto arbitrario e ilegal cometido por la recurrida, consistente en la negativa de asumir el costo por las transacciones no consentidas efectuadas por terceros vulnerando la seguridad del Banco, lo que amaga los derechos consagrados en el artículo 19 N°1 y 24 de la Constitución Política de la Republica. En cuanto a los hechos que fundamentan su recurso señala que la sociedad recurrente celebró contrato de cuenta corriente con el Banco recurrido en el año 2014, la que estuvo sin movimientos desde marzo del año 2020, manteniendo un saldo positivo de más de $330.000.000. Indica que los días 17 y 18 de agosto de 2021, un tercero realizó 58 transferencias de dinero por un total de $320.575.000, sin que el recurrente tuviera conocimiento de tales actuaciones y sin que el Banco le haya notificado ni tampoco alertado de las mismas. El fraude bancario se inicia cuando el recurrente envía un correo electrónico a su ejecutivo el día 11 de agosto de 2021, al correo electrónico diego.espinoza@santander.cl, por el cual le envía formulario solicitado por su ejecutivo. Desde ese instante es contactada por una persona que se hizo pasar por ejecutivo de Banco Santander. Este falso ejecutivo se contacta el 12 de agosto de 2020, entregando todo tipo de información bancaria confidencial, tenía conocimiento de los productos financieros, saldos y movimientos de la cuenta, de forma que vulnerando la seguridad de la recurrida contaba con aquella información. Fue precisamente ese manejo de información el que permitió una cierta confianza del recurrente, que posteriormente lo llamó para asesorarlo en las transferencias bancarias que no podía realizar. El día 16 de agosto de 2021 en la tarde, el actor realiza 5 transferencias en

Fallo

En mérito de lo expuesto, solicita se reestablezca el imperio del derecho, y asegurando la debida protección de los derechos de la suscrita a la propiedad y a la integridad psíquica de las personas, disponiendo que se restituya a la brevedad a la suscrita la suma de $320.575.000. SEGUNDO: Que, informa don Felipe Duhalde Vera, abogado, por la parte recurrida Banco Santander Chile, solicitando el rechazo de la acción por cuanto los hechos que dan origen al presente recurso ya se encuentran siendo conocidos por un tribunal de la República. Exponen en este punto que el Banco presentó, con fecha 3 de septiembre de 2021, la demanda especial que establece la Ley Nº 20.009, ante el 3º Juzgado de Policía Local de Santiago, la cual tiene el ROL 11.554-2021, por cuanto recopiló antecedentes que acreditan la existencia de dolo o culpa grave por parte del usuario, y pagó el abono provisorio de 34 Unidades de Fomento que dispone la Ley. Añade que, de consiguiente, a la fecha de la resolución de la presente acción constitucional, existe un juicio de lato conocimiento entre las partes, por lo que la resolución por vía cautelar ha perdido su objeto, y por lo demás pronunciarse anticipadamente de un asunto controvertido transforma la naturaleza cautelar del recurso de protección en una declarativa. Finalmente, niega que los derechos de actor sean indubitados y hace presente que el recurso de protección se ha utilizado para imputar una supuesta responsabilidad al Banco, por hechos NO efectiv

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C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veintidós. Al folio 15: a sus antecedentes. Al folio 16: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, recurre de protección Juan Granic Minieri, mandatario judicial de la Sociedad Laboratorio y Cosméticos D´Albert Lorenz Limitada, representada legalmente por don Alberto Lorenzoni Pérez, contra el Banco Santander-Chile por e

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