JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

RICARDO ELIAS PARADA REBOLLEDO C/ GIANINNA LORELLA MOENA BARRAZA

Rol

Fecha

18 de marzo de 2022

Materia

CALUMNIA (ACCION PRIVADA). ART. 412 AL 415.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de la certificación precedente y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la abogada doña Irene Cayupán Huentulle, en contra de la resolución de fecha tres de marzo del año dos mil veintidós, que rechazó el incidente de abandono del procedimiento de la acción penal privada, por delito de injurias y calumnias respecto de la imputada GIANINNA LORELLA MOENA BARRAZA. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-196-2022.(jog)

Fallo

se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la abogada doña Irene Cayupán Huentulle, en contra de la resolución de fecha tres de marzo del año dos mil veintidós, que rechazó el incidente de abandono del procedimiento de la acción penal privada, por delito de injurias y calumnias respecto de la imputada GIANINNA LORELLA MOENA BARRAZA. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-196-2022.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dieciocho de marzo de dos mil veintidós. VISTO: Atendido el mérito de la certificación precedente y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la abogada doña Irene Cayupán Huentulle, en contra de la resolución de fecha tres de marzo del año dos mil veintidós, que recha

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