ALEJANDRA ELIZABETH CEA SANCHEZ C/ OSVALDO ARMANDO GUAJARDO QUEZADA
Rol
Fecha
18 de marzo de 2022
Materia
APROPIACION INDEBIDA (INCLUYE EL DEPOSITARIO ALZADO). ART. 470 Nº 1.
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que la resolución en alzada no se encuentra en ninguna de las hipótesis del artículo 370 del Código Procesal Penal, se declara INADMISIBLE, por improcedente, el recurso de apelación deducido por la parte querellante en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena en audiencia del veintidós de febrero de dos mil veintidós. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) señora Daniella Pinto Cortés. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 100-2022 Penal.-. En La Serena, a dieciocho de marzo de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara INADMISIBLE, por improcedente, el recurso de apelación deducido por la parte querellante en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena en audiencia del veintidós de febrero de dos mil veintidós. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) señora Daniella Pinto Cortés. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 100-2022 Penal.-. En La Serena, a dieciocho de marzo de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
La Serena, dieciocho de marzo de dos mil veintidós. Siendo las 10:18 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Sergio Troncoso Espinoza, e integrada por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz y el abogado Integrante señor Fernando Roco Pinto, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa
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