SIN INFORMACION

ALVARO OMAR ARMIJO FERNÁNDEZ / GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

18 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1 se entabla acción de amparo en favor de Álvaro Armijo Fernández en contra de Gendarmería de Chile, por haberse dispuesto de forma el traslado del amparado, a fin que se disponga el reintegro del amparado al cualquier establecimiento de la Quinta Región. Señala que el amparado fue trasladado desde el establecimiento penitenciario Quillota a Valparaíso, luego a Valdivia y ahora a Puente Alto, donde corre peligro su vida. A folio 4 informa el Director Regional de Gendarmería de Chile de Valparaíso, quien relata los antecedentes de las condenas del amparado. Agrega que fue trasladado desde el Complejo Penitenciario de Valparaíso desde el módulo 104, dado que dicha dependencia no contaba con condiciones higiénicas idóneas ni dignas para su habitabilidad, medida que fue objeto de dos recursos de amparo, finalmente acogido por esta Corte y por la Excma. Corte Suprema, en virtud de las cuales se ordena la reubicación de los internos trasladados, en centros penitenciarios de mayor cercanía a su entorno familiar. Indica que en cumplimiento a tal decisión, por Resolución Exenta N° 590 de 31/01/2022 se autorizó el traslado del amparado al C.D.P de Puente Alto, ingresando a este recinto el 24 de febrero de 2022. Señala en cuanto a la factibilidad de trasladar al interno a la Región de Valparaíso, el departamento de control penitenciario considera inconveniente acceder a ello debido que el Complejo Penitenciario de Valparaíso, único que presenta las condiciones para ello, se encuentra con sobrepoblación, lo que limita la correcta segmentación, además de encontrarse con trabajos de mejoramiento. Refiere que la actuación de Gendarmería de Chile está fundada en razones técnicas, en relación con su función de administrar los recintos penitenciarios y determinar los establecimientos en que los condenados cumplirán sus penas. Por lo anterior ha actuado dentro de la legalidad y reglamentación en aras de cumplir con otorgar condiciones dignas de habitabilidad, sin

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que la presente acción de funda en que el amparado habría sido trasladado a otro recinto penitenciario donde su vida peligra; razón por la cual se solicita su traslado inmediato a algún establecimiento penitenciario de la Quinta Región. Tercero: Que, de acuerdo a lo informado por la autoridad penitenciaria, el último traslado tiene su justificación en la sentencia dictada por la Excma. Corte Suprema que dispuso la reubicación de los internos, entre ellos el amparado, a un establecimiento penitenciario cercano a su entorno familiar, en la misma región o contigua a ésta, por ello no se advierte un actuar ilegal de la autoridad requerida, dado que el referido traslado se produjo a la cárcel de Puente Alto, ubicada en una región contigua a la nuestra, dándose con ello cumplimiento a la resolución señalada, razón por la cual este arbitrio será rechazado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo de folio 1, interpuesto a favor de Álvaro Armijo Fernández, en contra de Gendarmería de Chile, sin perjuicio de reevaluar el reintegro del amparado al Centro Penitenciario de Valparaíso, una vez que se ejecuten y concluyan los trabajos en el módulo 104 de dicho establecimiento. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-423-2022.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de marzo de dos mil veintidós. Visto: A folio 1 se entabla acción de amparo en favor de Álvaro Armijo Fernández en contra de Gendarmería de Chile, por haberse dispuesto de forma el traslado del amparado, a fin que se disponga el reintegro del amparado al cualquier establecimiento de la Quinta Región. Señala que el amparado fue trasladado desde el esta

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