SIN INFORMACION

CAYULEO/ISAPRE CONSALUD S.A.

Rol

Fecha

17 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1°.- Que, comparece Franccesca Alejandra Gutiérrez Acuña, chilena, cédula de identidad 18.234.309-9, con domicilio en calle Bulnes 832, Chillán, quien recurre de protección a favor de Eunice Noemí Cayuleo Vega, trabajadora dependiente, chilena, cédula de identidad 18.738.565-2 con domicilio en calle Los Maquis 489, Chillán, en contra de Isapre Consalud S.A., R.U.T 96.856.780-2, institución de salud previsional, representada por Rodrigo Medel Samacoitz, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo 3600, piso 3, Las Condes, Santiago, por los actos ilegales y arbitrarios cometidos al pretender aplicar un precio improcedente por la inclusión en el contrato de salud de su hijo no nacido, como carga de la recurrente. Refiere que los actos ilegales y arbitrarios consisten en que el pasado 1 de julio de 2021, la parte recurrente concurrió a inscribir como carga a su hija no nacida y en el acto, se le entrega un FUN (FORMULARIO ÚNICO DE NOTIFICACIÓN), el cual señala que el nuevo valor del plan comenzaría a descontarse a partir de la remuneración de agosto 2021, iniciando la vigencia de beneficios en septiembre de 2021. La Isapre recurrida ha pretendido cobrar un precio por su incorporación, conforme consta en el contrato que es del todo improcedente, pues se ha determinado mediante la aplicación de Tablas de Factores establecidas en normas derogadas por parte del Tribunal Constitucional. Considera que los actos ilegales y arbitrarios denunciados constituyen privación, perturbación y amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales que el artículo 19 de la Constitución Política señala en sus números 2, referido a la igualdad ante la ley, 24, referido al derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales y 9, inciso final, consistente en el derecho a elegir el sistema de salud, sea estatal o privado, derechos los que estima resultan afectados por el precio que la Isapre pretende cobrar por la nue

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, éste debe interponerse “(…) dentro del plazo fatal de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto o la ocurrencia de la omisión o, según la naturaleza de éstos, desde que se haya tenido noticias o conocimiento cierto de los mismos, lo que se hará constar en autos”. Que, al tenor de la norma citada, corresponde analizar el acto impugnado desde la perspectiva de la ejecución del mismo y no desde la primera noticia que se tuvo de éste. En consecuencia, la ilegalidad sobre la que se funda la acción de la recurrente se materializa cada mes en que se procede a cobrar el precio base del plan de salud multiplicado por el factor de riesgo, circunstancia que tiene el efecto de renovar periódicamente el acto reprochado. 7°.- Que, de esta forma, conforme a lo que se viene razonando, por haberse deducido el recurso de la especie sin que hubiese transcurrido el término previsto para hacerlo según lo dispuesto por el Auto Acordado que regula esta materia, contado el plazo desde que se efectuó el último descuento - desde la remuneración de la recurrente del mes de enero del presente año - de la cotización correspondiente al plan de salud determinado sobre la base del factor de riesgo, la acción no fue interpuesta en forma extemporánea. 8°.- Que igualmente cabe desestimar la alegación de incompetencia, desde que ésta debió, atendida su naturaleza ser alegada en forma principal y no tras la de extemporaneidad,

Texto Completo (Preview)

Chillán, diecisiete de marzo de dos mil veintidós. Vistos: 1°.- Que, comparece Franccesca Alejandra Gutiérrez Acuña, chilena, cédula de identidad 18.234.309-9, con domicilio en calle Bulnes 832, Chillán, quien recurre de protección a favor de Eunice Noemí Cayuleo Vega, trabajadora dependiente, chilena, cédula de identidad 18.738.565-2 con domicilio en calle Los Maquis 489, Chillán, en contra de I

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica