TORO CON INMOBILIARIA SUREÑA LTDA
Rol
Fecha
17 de marzo de 2022
Materia
DESPIDO INDIRECTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°.- Que, el artículo 476 del Código del Trabajo señala: “Artículo 476.- Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social.” Por su parte el artículo 453 del mismo cuerpo normativo, en la parte pertinente dispone que la resolución que se pronuncie sobre las excepciones de incompetencia del tribunal, caducidad y prescripción, deberá ser fundada y sólo será susceptible de apelación aquella que las acoja. 2°.- Que la resolución objeto del recurso es aquella de fecha dos de marzo último mediante la cual se resolvió en cuanto a la petición de pedir cuenta, que se estuviese al mérito de autos. 3°.- Que, consta en autos que la resolución recurrida no se encuadra dentro de alguna de las hipótesis que las normas precedentes contempla, razón por la cual la apelación interpuesta resulta inadmisible. Por lo razonado precedentemente, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte demandante en contra de la resolución dictada con fecha dos de marzo de dos mil veintidós. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-74-2022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte demandante en contra de la resolución dictada con fecha dos de marzo de dos mil veintidós. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-74-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán GHS/rps Chillán, diecisiete de marzo de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1°.- Que, el artículo 476 del Código del Trabajo señala: “Artículo 476.- Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones
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