SIN INFORMACION

RODRÍGUEZ LABRADOR ALIFER COROMOTO/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

Fecha

17 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de doña Alifer Coromoto Rodríguez Labrador, de nacionalidad venezolana, a causa del cierre y rechazo del procedimiento de solicitud de visa de responsabilidad democrática, en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, ya que constituye un acto arbitrario e ilegal que vulnera el derecho a la libertad personal del amparado, consagrado en el artículo 19 N° 7 letra a) de la Constitución, al impedirle ingresar a nuestro país. Expone que la amparada es madre del adolescente A.E.D.R., de 15 años, quien reside en Chile, contando con certificado de permanencia definitiva en trámite, y que vive junto a su tío Félix Rodríguez Labrador, quien cuenta con permiso de residencia definitiva. Señala que su hermano siempre ha tenido la intención de ayudarla a establecerse en Chile para que pueda reunirse con su hijo. Refiere que la amparada inició el trámite de solicitud de visa de responsabilidad democrática con fecha 24 de agosto del 2019, cumpliendo con todos los requisitos y documentación solicitada, las cuales fueron admitidas a trámite satisfactoriamente. Posteriormente, le fue enviado un correo electrónico proveniente de la Oficina de Atención Consular que la citaba para la respectiva entrega de documentos ante el Consulado General de Chile en Caracas, siendo citada para los días 06 al 08 de julio del año 2020. Sin embargo, el día 11 de noviembre de 2020, recibió un correo electrónico, de carácter masivo de parte de la Cancillería de Chile en el cual se le informó que, debido a la prolongación del cierre de fronteras por la pandemia del coronavirus y a que se había excedido el plazo máximo para la finalización del procedimiento administrativo, la autoridad había decidido dictar acto terminal de todos los trámites de solicitud de visa de responsabilidad democrática y, en consecuencia, rechazar todas las solicitudes de visa de r

Fundamentos

fundamentos plausibles para justificar el actuar de la administración, por lo que su proceder resulta ilegal, lo que implica una amenaza evidente a la libertad ambulatoria de la amparada, toda vez que la negativa se traduce en la imposibilidad de hacer ingreso al territorio de la República, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos legales, derecho que está garantizado en la Constitución y que se ve conculcado con la resolución dictada por la Administración. OCTAVO: Tal actuar no satisface, adicionalmente, el requisito de fundamentación de los actos administrativos, dispuesto en el artículo 41 de la Ley N 19.880, al observarse de su simple lectura el correo electrónico masivo de 11 de noviembre de 2020 que no se hace cargo de los antecedentes personales de los recurrentes ni de los motivos que justificaron la decisión adoptada.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia se acoge la acción constitucional de amparo interpuesta en favor doña Alifer Coromoto Rodríguez Labrador sólo en cuanto la repartición pública recurrida deberá dentro del plazo de 30 días, citar a la amparada al Consulado correspondiente a su domicilio actual, a fin que presenten la documentación requerida, y resolver la solicitud de visa como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y archívese en su oportunidad. N°Amparo-645-2022. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Graciela Gómez Quitral, e integrada, además, por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y por la ministra (S) señora Isabel Margarita Zuñiga Alvayay. En Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de doña Alifer Coromoto Rodríguez Labrador, de nacionalidad venezolana, a causa del cierre y rechazo del procedimiento de solicitud de visa de responsabilidad democrática, en contra de

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