AHN JEANG /MULTICASA INVERSIONES LIMITADA LTE
Rol
Fecha
17 de marzo de 2022
Materia
DEMARCACIÓN, PROCEDIMIENTO DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su
Fundamentos
considerando decimoquinto, que se elimina. Y se tiene, además, presente: 1°. Que el documento acompañado en segunda instancia no logra desvirtuar las conclusiones a las que arribó el sentenciador de primer grado y dice relación, tal instrumento, precisamente, con la discusión acerca del dominio de la parte del inmueble que se encuentra en disputa por los litigantes. 2°. Que en concepto de esta Corte, el demandante ha sido vencido totalmente y no ha tenido motivos plausibles para litigar, razón por la cual debe soportar el pago de las costas de la causa. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 144 y 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de fecha quince de julio de dos mil diecinueve, dictada por el Décimo Juzgado Civil de Santiago, en aquel extremo que absolvió del pago de las costas al demandante y
Fallo
se decide, en cambio, que se lo condena a su pago. Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia. Acordado, en lo revocatorio, con el voto en contra del ministro señor Mera, quien estuvo por confirmar, también en esa parte, el mencionado fallo. Regístrese, comuníquese y devuélvase. N°Civil-11301-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veintidós. Al folio 7: A todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su considerando decimoquinto, que se elimina. Y se tiene, además, presente: 1°. Que el documento acompañado en segunda instancia no logra desvirtuar las conclusiones a las que arribó el sentenciador de primer grado y dice relació
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