CESAR ORLANDO FERNANDEZ ZAMBRANO /MARISA ELENA CAAMAÑO SANDOVAL
Rol
Fecha
17 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA, SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: Comparece CESAR ORLANDO FERNÁNDEZ ZAMBRANO cédula de identidad N° 10.332.594-3, Empresario y comerciante con domiciliado en calle Las Torcazas N° 2251, Villa Alonso de Ercilla, comuna de San Pedro de la Paz e interpone recurso de protección contra Marisa Elena Caamaño Sandoval, cédula de identidad N° 10.267.345-K, por el acto ilegal e inconstitucional de solicitar el lanzamiento de don Cesar Orlando Fernández Zambrano, sub arrendatario y su familia del inmueble de calle Las Torcazas N° 2251, Villa Alonso de Ercilla, comuna de San Pedro de la Paz, sin haberle previamente notificado demanda alguna, ni siquiera el lanzamiento ordenado recientemente con fecha 30 de diciembre 2021, en el juicio civil ROL C-6233-2019 del Segundo Juzgado Civil de Concepción, del cual tomó conocimiento el día 4 de enero del 2022. Estima transgredidas las garantías del 19 Nº 2 la igualdad ante la ley, el 19 Nº 3 derecho a defensa jurídica, el debido proceso y el 19 Nº 4 el respeto y protección a la vida privada, todos de la Constitución Política de la República. Pide disponer que para su lanzamiento será necesario darle la oportunidad legal para acreditar que el subarrendatario, que se encuentra al día con su pago del canon mensual y en subsidio, otorgarle a él y su familia un plazo no inferior a dos meses para encontrar una habitación disponible para él y su familia. Informa doña MARISA ELENA CAAMAÑO SANDOVAL, quien señala que es dueña del inmueble ubicado en calle Las Torcazas N° 2251, Villa Alonso de Ercilla, comuna de San Pedro De La Paz. Con fecha 01 de agosto de 2017, su representada entregó en arriendo el inmueble a don Sergio Orlando Zamorano Núñez, pactándose la renta en la suma de $200.000 mensuales, pagaderos los 5 primeros días de cada mes. Habiendo el arrendatario, en forma caprichosa y arbitraria, dejado de pagar el arriendo desde el mes de mayo, junio, julio y agosto de 2019, con fecha 30 de agosto de 2019, se interpuso en su contra doña MARISA ELENA CA
Fundamentos
Considerando: 1º) Que, el recurso de protección de garantías constitucionales, contemplado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio. Es requisito sine qua non, para que pueda prosperar la acción cautelar, a) que se compruebe la existencia de una acción u omisión reprochada; b) que se establezca la ilegalidad o arbitrariedad de esa acción u omisión; c) que de la misma se siga directo e inmediato atentado (privación, perturbación o amenaza) contra una o más de las garantías constitucionales invocadas y protegibles por esta vía; y d) que la Corte esté en situación material y jurídica de brindar la protección. 2º) Que en relación a la alegación de la recurrida, de que el recurso estaría presentado fuera de plazo, no será atendida, toda vez que los actos denunciados, tiene carácter permanente. 3º) Que son hechos relevantes para resolver los siguientes: a.- Doña MARISA ELENA CAAMAÑO SANDOVAL, quien señala que es dueña del inmueble ubicado en calle Las Torcazas N° 2251, Villa Alonso de Ercilla, comuna de San Pedro De La Paz. b.- Con fecha 01 de agosto de 2017, su representada entregó en arriendo el inmueble a don Sergio Orlando Zamorano Núñez, pactándose la renta en la suma de $200.000 mensuales, pagaderos los 5 primeros días de cada mes. c.- Producto del no pago de rentas, se encuentra radicada ante el Segundo Juzgado Civil de Concepción, causa caratulada “Caamaño con Zambrano”, Rol N° C-6233-2019, en la que se ha decretado lanzamiento del arrendatario. 4º) Que el conflicto planteado por el recurrente, se enmarca dentro de uno sometido al imperio del Derecho en causa rol C-6233-2019 radicada en el Segundo Juzgado Civil de Concepción, actualmente con sentencia definitiva dictada el 23 de noviembre de 2019, acogida la demanda, declarando terminado el contrato de arrendamiento sobre el inmueble ubicado en calle Las Torcazas N° 2251, Villa Alonso de Ercilla, comuna de San Pedro de la Paz; condenando al demandado a restituir el inmueble en el plazo de 10 días; al pago de las rentas insolutas adeudadas, más reajustes, consumos domiciliarios y las costas de la causa. 5º) Que así las cosas, esta Corte debe inhibirse de conocer el conflicto planteado en este recurso, toda vez que su sede natural es el Segundo Juzgado Civil de Concepción.
Fallo
fallo que fue apelado por el incidentista, recurso concedido en el solo efecto devolutivo y en actual tramitación ante esta Iltma. Corte. Estima que el recurso es extemporáneo porque el recurrente con fecha 4 de enero de 2022, presentó un escrito en la referida causa caratulada “Caamaño con Zambrano”, Rol N° C-6233-2019, en virtud de la cual solicita la nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, alegando que ante el eventual lanzamiento del arrendatario don Sergio Orlando Zamorano Núñez desde su domicilio ubicado en Las Torcazas N° 2251 Villa Alonso de Ercilla, San Pedro de la Paz, dicha resolución de lanzamiento le era inoponible toda vez que él tiene domicilio en dicho inmueble pues según expresa “le arriendo a doña Marisa Elena Caamaño Sandoval, parte del inmueble destinado a local comercial de 10 metros cuadrados...” En dicho escritos e lee: “Que, con fecha 30 de diciembre de 2021, don Sergio Zamorano Núñez, persona que vive en el mismo inmueble parte interior, objeto del juicio, me informó de una notificación por parte de doña Marisa Elena Caamaño Sandoval......en que señalaba que se debía desocupar el inmueble, ya que se procedería al lanzamiento del señor Zamorano, arrendatario de la parte interior del inmueble.” Niega la existencia de actos arbitrarios o ilegales. Informa Sergio Orlando Zamorano Núñez, quien señala que Después de quebrar económicamente en la obra Mercado de Concepción, se trasladó a una vivienda social ubicada al interio
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, diecisiete de marzo de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece CESAR ORLANDO FERNÁNDEZ ZAMBRANO cédula de identidad N° 10.332.594-3, Empresario y comerciante con domiciliado en calle Las Torcazas N° 2251, Villa Alonso de Ercilla, comuna de San Pedro de la Paz e interpone recurso de protección contra Marisa Elena Caamaño Sandoval, cédula de identidad N° 10.267.345-K
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