ALARCÓN CASTRO MANUEL AUGUSTO/9° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
17 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Sthefania Walser Bustos, defensora penal pública, por el sentenciado Manuel Augusto Alarcón Castro, interponiendo acción constitucional de amparo, por habérsele perturbado y privado su derecho a la libertad personal por resolución judicial dictada por el 9° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT N° 8825-2019, por el Juez señor Hugo Andrés Torres Arias. Expone que el amparado fue detenido el 6 de marzo de 2022, por orden de detención emitida por el tribunal referido el 9 de febrero de igual año, por no asistir a una audiencia de revisión de pena sustitutiva, se controló su detención y se dio orden de ingreso para que fuese presentado al día siguiente ante el tribunal que despachó la indicada orden, lo que ocurrió el día siguiente. Por su parte, en causa RIT N° 441-2019 del Juzgado de Garantía de Cauquenes, el amparado fue condenado el 3 de abril de 2019 en calidad de autor del delito consumado de robo en lugar no habitado, a la pena de 239 días de presidio menor en su grado mínimo, y como autor del delito consumado de receptación a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y multa de 3 U.T.M., por hechos ocurridos el mismo día de abril del año 2019. Se le concedió la pena sustitutiva de prestación de servicios en favor de la comunidad, sustituyéndose por 400 horas la pena corporal y 72 horas por la multa. Relata que el 3 de septiembre de 2019, previo cambio de domicilio del amparado, se trasladó la competencia desde el Juzgado de Garantía de Talca para la causa y la ejecución de la pena sustitutiva al 9° Juzgado de Garantía de Santiago, otorgándole un nuevo RIT N° 8825-2019. El 11 de octubre de 2019, Gendarmería informó la no presentación del amparado a cumplir la pena sustitutiva, por encontrarse en prisión preventiva en causa diversa RUC N° 1901066796-0. Así, de oficio, el 9° Juzgado de Garantía de Santiago resolvió suspender el inicio del cumplimiento de la pena sustitutiva en el inte
Fundamentos
considerando sexto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-675-2022.
Fallo
fallo y no se presentó estando apercibido al C.R.S. de Talca. Plantea que el artículo 13 del Reglamento regula una situación distinta, al que parece referirse la defensa, que se refiere al control de la pena sustitutiva, siendo la presentación voluntaria del condenado al ingreso para establecer un comienzo administrativo de la pena un requisito que sobrevive de la antigua redacción de la Ley N° 18.216, en que se buscaba este hito para la hipótesis del antiguo artículo 28, para el cómputo de beneficios cumplidos en forma insatisfactoria. Da cuenta que abundar en estas razones se tornó en un despropósito, al verificar que durante el período del cumplimiento el encartado fue condenado por un hecho posterior en causa nueva, por un delito cometido meses después de la primera condena, estableciendo en términos perentorios el actual artículo 27 de la Ley N° 18.216 la revocación de la pena sustitutiva como consecuencia y el cumplimiento efectivo de la condena, cuestión que también dispone el artículo 30 de esa Ley al establecer de manera imperativa la revocación en caso de nueva condena para quien está cumpliendo la pena de prestación de servicios. Respecto a esta resolución, relata, el artículo 37 de la Ley N° 18.216 otorga el recurso de apelación según las reglas generales, y el artículo 368 del Código Procesal Penal establece que se concederá en el solo efecto devolutivo, salvo que la ley señale expresamente lo contrario, cosa que no ocurre y, por tanto, causa ejecutoria. La ref
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C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veintidós. Al folio 9: Téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Sthefania Walser Bustos, defensora penal pública, por el sentenciado Manuel Augusto Alarcón Castro, interponiendo acción constitucional de amparo, por habérsele perturbado y privado su derecho a la libertad personal por resolución judicial dict
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