ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE S.A. CON CORPORACION CLUB DEPORTIVO ARTURO FERNANDEZ VIAL
Rol
Fecha
17 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: I.- En cuanto a la inadmisibilidad del recurso planteado ante esta Corte por la apelada y ejecutante de autos. Se tendrá presente para su rechazo la circunstancia que, tratándose de incidentes, resultan aplicables de manera supletoria las normas del Código de Procedimiento Civil sobre la materia, al no estar especialmente tratados en la ley 17.322. II.- En cuanto al fondo. Compartiendo los
Fundamentos
fundamentos de la jueza del a quo, en especial en cuanto a que la ejecutada no ha informado a la entidad previsional respectiva cambio alguno de su representante legal, se confirmará la resolución apelada, como se dirá. De conformidad con la norma legal citada y artículo 186 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara que: I.- Se rechaza la alegación de inadmisibilidad del recurso planteado ante esta Corte por la apelada y ejecutante de autos. II.- Se confirma, sin costas del recurso, la resolución de ocho de febrero de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción en el cuaderno de apremio de la causa RIT P-9728-2012, RUC 12-3-0241879-7. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-115-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción LASV/xsr Concepción, diecisiete de marzo de dos mil veintidós. Al escrito folio 38913 (8): Téngase por evacuado el traslado conferido. VISTOS: I.- En cuanto a la inadmisibilidad del recurso planteado ante esta Corte por la apelada y ejecutante de autos. Se tendrá presente para su rechazo la circunstancia que, tratándose de incidentes, resultan aplicables de manera supletoria la
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