CAMILO IGNACIO OLMOS FUENTES/JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO
Rol
Fecha
16 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Que comparece el abogado Juan Carlos Gómez Becerra, defensor penal privado de Camilo Ignacio Olmos Fuentes, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del Juzgado de Garantía de San Bernardo con motivo de la resolución dictada el 7 de marzo del año en curso por el juez Pablo Alfonso Escobar Navarro, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva respecto de su representado, ordenando el cumplimiento efectivo de la sentencia. Expresa que Olmos Fuentes en agosto de 2017 fue condenado en causa RIT 2738 – 2016 a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de robo en lugar habitado, en grado de ejecución frustrado, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal. Añade que el 20 de octubre de ese año se aprobó el plan de intervención individual, el cual cumplió con regularidad hasta el 15 de mayo de 2018, cuando fue suspendida la pena sustitutiva por haberse decretado la medida cautelar de prisión preventiva en contra de su representado, en una causa diversa por delito de posesión y tenencia de armas, tramitada ante el tribunal recurrido bajo el RIT 4017 – 2018. Indica que el 20 de abril de 2018 en esa última causa se dejó sin efecto la medida cautelar, recuperando Olmos Fuentes su libertad. Refiere que el 22 de julio de 2019, el tribunal recurrido estando en conocimiento de esa circunstancia, mantuvo la suspensión de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, a la espera de lo que se resolviera en definitiva en aquella causa. Menciona que finalmente su representado fue condenado el 20 de octubre de 2020 a la pena de dos años de presidio menor en su grado medio y multa de cinco unidades tributarias mensuales, como autor del delito de tenencia ilegal de municiones. Expone que, consecuencia de lo anterior, el Centro de Reinserción Social Santiago Sur II informó al tribunal recurrido que Olmos Fuentes se
Texto Completo (Preview)
Certifico que la Sexta Sala se integra extraordinariamente con la ministra señora Celia Catalán Romero, en reemplazo de la ministro señora María Teresa Díaz Zamora, quien se encuentra inhabilitada para conocer de estos antecedentes. Asimismo, se deja constancia que se anunció y alegó contra el recurso de amparo la abogada representante del Ministerio Público Sra. Pamela Ballesteros, a quien se le
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