SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE DIXON ALEXIS BARRAZA TELLO EN CONTRA DE LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2º SEMESTRE 2021)

Rol

Fecha

16 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 y con fecha 11 de marzo pasado, CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, abogada, por el condenado DIXON ALEXIS BARRAZA TELLO, interpuso acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional quien, en sesión de 13 de octubre de 2021, rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a su representado. Expresa que el amparado cumple con los requisitos temporales para optar al beneficio denegado y ha observado una conducta calificada como muy buena en los últimos siete bimestres, dando cuenta que el interno cumple una condena de presidio perpetuo simple, por el delito de robo con homicidio, en decisión adoptada por el Tribunal Oral en Lo Penal de La Serena, en causa RIT 40-2002. Iniciando condena el 18 de abril de 2001, cumpliendo el tiempo mínimo para el optar al beneficio el 18 de abril de 2021. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio por el contenido desfavorable del informe de postulación psicosocial de Gendarmería de Chile. Da cuenta, en primer lugar, de los avances en el proceso de reinserción, los cuales constan en informe social elaborado por la asistente social Wally Portflitt Toro, el que da cuenta que durante el tiempo de reclusión, el condenado ha generado los cambios conductuales necesarios para su inserción a la comunidad. Tiene una red de apoyo familiar en el medio libre, representada por su familia de origen. En cuanto a la comisión del delito, según el mismo informe, se aprecia en el discurso del interno que logra reconocer su autoría y responsabilidad en el delito; reflexiona y visualiza los factores, tanto internos como externos, que incidieron en la comisión del delito. Expresa su total arrepentimiento por los hechos cometidos, entiende que fue “un gran error” que no podrá reparar jamás, “es una gran cruz que llevo y llevaré en mi espalda”. Entiende que nunca podrá reparar el dolor causado a los familiares de la víctima, re

Fundamentos

motivos en que se funda su decisión y encontrar aquella el debido respaldo en los antecedentes tenidos a la vista. OCTAVO: Que en cuanto a los nuevos antecedentes que se hacen valer, aquellos no controvierten en modo alguno las conclusiones expuestas en el informe de Gendarmería de Chile en cuanto a la existencia de riesgo de reincidencia y la circunstancia de no presentar el amparado conciencia del mal causado, así como no manifestar rechazo explícito a los delitos cometidos. NOVENO: Que, en este contexto, no habiéndose acreditado alguna actuación ilegal o arbitraria de parte la Comisión de Libertad Condicional y no logrando desvirtuarse los antecedentes en que se fundó la decisión por la cual se denegó la concesión de la libertad condicional, el recurso de amparo se rechazado como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de DIXON ALEXIS BARRAZA TELLO, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 75-2022 (Amparo).-

Texto Completo (Preview)

Barraza Tello, Dixon Alexis Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 75-2022.- La Serena, dieciséis de marzo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 y con fecha 11 de marzo pasado, CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, abogada, por el condenado DIXON ALEXIS BARRAZA TELLO, interpuso acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Co

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