CRUZ VARAS, CARMEN/DÍAZ GALLARDO, MARIA
Rol
Fecha
16 de marzo de 2022
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes,
Fundamentos
considerando que la resolución dictada por el tribunal a quo con fecha 15 de julio de 2020 radicó el impulso procesal en el acuerdo de ambas partes, el cual, según lo expresado por el recurrente, no fue posible, impidiéndose con ello la continuación de la causa, y estimando que dicha situación fáctica no permite entender que la parte demandante se encuentre frente a un supuesto de inactividad procesal, siendo el abandono del procedimiento una sanción procesal para aquel litigante que no ha sido diligente en instar por el pronto avance del proceso, lo que no se configura en la especie, y visto además lo dispuesto en los artículos lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de fecha once de noviembre de dos mil veintiuno, y en su lugar
Fallo
se resuelve que se rechaza el incidente de abandono del procedimiento, debiendo el tribunal continuar con la tramitación de la causa. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 990-2021 Civil.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, dieciséis de marzo de dos mil veintidós. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, considerando que la resolución dictada por el tribunal a quo con fecha 15 de julio de 2020 radicó el impulso procesal en el acuerdo de ambas partes, el cual, según lo expresado por el recurrente, no fue posible, impidiéndose con ello la continuación de la causa, y estimando que dicha situación fácti
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