SIN INFORMACION

GITHO GUSTAVE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO

Rol

Fecha

16 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Primero: Que comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, quien interpone recurso de protección en nombre de don Githo Gustave, nacional de Haití, en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de excesiva tramitación de su solicitud de visa de permanencia definitiva, afectando consigo los derechos consagrados en el artículo 19 N° 2 y 16 de la Constitución Política de la República. Expone que su representado solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva el 10 de diciembre de 2019. Indica que revisado el estado de tramitación del expediente en el sistema computacional, ésta arroja un avance del 99% hace varios meses. Agrega que el 3 de diciembre de 2020, realizó el pago de los derechos correspondientes a la solicitud. Refiere que la persona en cuyo favor recurre cuenta con su cédula de identidad vencida, de manera que se encuentra limitado para actuar ante bancos, instituciones financieras, centros de educación, entre otros. Aduce que ha transcurrido un término superior al legal para obtener un acto administrativo terminal. Reclama que la autoridad recurrida no ha dado cumplimiento al impulso de oficio ni ha actuado con celeridad, desde que ha excedido totalmente los plazos razonables establecidos en la Ley 19.880. Arguye que la dilación ha afectado el derecho a la igualdad ante la ley de su representado, como también la libertad de trabajo y su protección, argumentando que las autorizaciones laborales a que puede acceder son transitorias. Pide que, acogiendo el presente recurso, se ordene al recurrido la dictación del acto administrativo terminal referente a la solicitud de permanencia definitiva de don Githo Gustave, con expresa condenación en costas. Segundo: Que el Departamento de Extranjería y Migración y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a través del abogado Mauricio Toledo Abarca, informan al tenor del recuso, solicitando su rechazo por no existir acció

Fundamentos

considerando que su cédula de identidad se encuentra vencida. Séptimo: Que, en la forma señalada, la recurrida ha demorado en resolver la solicitud del recurrente, apartándose de los dictados del referido principio de celeridad de los procedimientos administrativos, así como del impulso que en razón del mismo le corresponde ejercer, teniendo en cuenta que han transcurrido 2 años y fracción desde la presentación de la solicitud hasta esta fecha. Con lo anterior, ha resultado conculcado el tenor de lo dispuesto en el artículo 19, número 2, de la Constitución Política de la República, al mantener pendiente la solicitud de la recurrente, razón por la que se hará lugar al recurso en el sentido que se dirá en lo dispositivo, considerando que el asunto planteado ante la recurrida se encuentra en fase de análisis resolutivo. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Githo Gustave, en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que la autoridad recurrida deberá resolver la solicitud materia de estos autos en el plazo de sesenta días, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Acordada contra el voto de la Ministra señora Mondaca, quien fue del parecer de rechazar el recurso interpuesto, atendida la situación migratoria regular en que se encuentra actualmente el recurrente y a las circunstancias sanitarias que ha enfrentado el país, que han configurado un caso fortuito a efectos del cumplimiento del plazo con el que cuenta la Administración para la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva, formulada por el actor. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 157–2022 Protección

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San Miguel, dieciséis de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS: Primero: Que comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, quien interpone recurso de protección en nombre de don Githo Gustave, nacional de Haití, en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de excesiva tramitación de su solicitud de visa de permanencia definitiva,

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